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Imagen: jaimevalladolid.es
Agresiones verbales y amenazas realizadas a través de medios digitales.

Tribunal condena a clienta a pagar $3.000.000 por daño moral tras insultos y amenazas contra comerciante en redes sociales.

El Segundo Juzgado de Letras de Coquimbo falló a favor de una comerciante que sufrió amenazas e insultos reiterados luego de una transacción comercial. La resolución establece que los actos constituyen un daño psicológico severo, que incluso llevó a la víctima a requerir atención de salud mental. Este caso subraya los límites legales frente al abuso en plataformas digitales.

16 de enero de 2025

En un fallo que sienta precedentes respecto a las agresiones verbales y amenazas realizadas a través de medios digitales, el Segundo Juzgado de Letras de Coquimbo ordenó a una mujer pagar $3.000.000 en concepto de daño moral a una comerciante que fue objeto de denostaciones tras una transacción en una plataforma de ventas en línea.

La sentencia, dictada por un magistrado, considera que los mensajes emitidos por la demandada fueron de tal gravedad que generaron un impacto emocional profundo en la afectada, quien sufrió estrés y temor por su seguridad y la de su familia. Los insultos, realizados mediante mensajes de texto y publicaciones en redes sociales, fueron considerados por el tribunal como “un abuso psicológico”, según quedó plasmado en el fallo.

Los hechos

El conflicto comenzó luego de una transacción comercial a través de una plataforma de ventas en línea. Tras un desacuerdo entre las partes, la demandada inició una campaña de agresión verbal y amenazas contra la comerciante. En los mensajes enviados, además de insultos, se incluyeron referencias específicas a la vida privada de la víctima, acompañadas de fotografías que evidenciaban que la agresora había realizado una indagación previa en sus redes sociales.

Según el tribunal, estas acciones no solo vulneraron la privacidad de la comerciante, sino que también generaron un estado de angustia constante al sentirse expuesta a posibles daños graves, tanto personales como familiares.

Impacto emocional y psicológico

La afectada tuvo que buscar ayuda profesional y fue ingresada al programa de salud mental de un Cesfam en diciembre de 2023. El diagnóstico y el tratamiento psicológico acreditaron el daño emocional sufrido, lo que fue clave para la decisión judicial. El fallo subraya que este tipo de agresiones pueden provocar serios perjuicios no patrimoniales, como ansiedad, temor y deterioro psicológico, todos ellos indemnizables en términos monetarios.

Consideraciones del fallo

En la resolución, el juez enfatizó que las amenazas y las denostaciones realizadas por la demandada fueron idóneas para “socavar la moral de cualquier persona”. Además, destacó que las amenazas incluyeron elementos que podrían ser considerados intimidatorios, al incorporar información privada de la víctima.

El magistrado también hizo referencia al incumplimiento del deber de respeto entre los usuarios de plataformas digitales, subrayando que la libertad de expresión no ampara la injuria ni la amenaza. En este sentido, destacó que las redes sociales, si bien son un espacio de interacción, no deben ser utilizadas para actos que vulneren la dignidad de otras personas.

Resolución judicial

El tribunal condenó a la demandada al pago de $3.000.000 por daño moral, monto que deberá reajustarse desde que la sentencia quede ejecutoriada. Sin embargo, la resolución desestimó otras demandas adicionales de la comerciante, limitando la reparación exclusivamente al daño no patrimonial.

Un caso emblemático

Este caso marca un precedente respecto a la responsabilidad de los usuarios en el entorno digital y refuerza la importancia de actuar con respeto y cautela al interactuar en redes sociales. La resolución judicial no solo protege a las víctimas de este tipo de conductas, sino que también establece que las agresiones digitales no son inmunes a consecuencias legales.

La sentencia ha abierto un debate sobre la importancia de legislar y regular con mayor claridad los límites de la interacción en redes sociales, especialmente en casos de conflicto que puedan derivar en amenazas y abuso psicológico. Este fallo refleja la disposición del sistema judicial chileno para sancionar de manera proporcional los daños causados en el ámbito digital y proteger los derechos fundamentales de las personas afectadas.

Reacciones

El caso ha generado diversas reacciones en redes sociales y medios de comunicación. Mientras algunos celebran la decisión como un avance para combatir el ciberacoso, otros destacan la necesidad de educar a los usuarios sobre los riesgos y responsabilidades del uso de plataformas digitales. Por su parte, especialistas en derecho penal han señalado que este tipo de resoluciones envían un mensaje claro sobre la importancia de proteger la dignidad y el bienestar emocional de las personas frente a agresiones en línea.

Con este fallo, el tribunal reafirma que la privacidad y la integridad emocional de las personas son derechos protegidos, incluso en el ámbito digital, y que las acciones que atenten contra estos pueden derivar en consecuencias judiciales severas.

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