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Senadora Campillai impulsa proyecto para garantizar indemnización por errores judiciales y prisión preventiva injusta.

La moción busca reformar la Constitución para incluir indemnizaciones a personas privadas de libertad por aplicación ilegal de medidas cautelares, alineándose con estándares internacionales en derechos humanos.

19 de enero de 2025

En respuesta a una problemática que afecta a miles de personas en Chile, la senadora Fabiola Campillai presentó una propuesta de modificación a la Constitución Política que busca garantizar la indemnización patrimonial y moral a quienes hayan sido privados de libertad de manera injusta, ya sea por error judicial o por la aplicación ilegal de medidas cautelares como la detención o prisión preventiva.

Actualmente, el artículo 19 N° 7 letra i) de la Carta Fundamental establece el derecho a indemnización únicamente para quienes fueron sometidos a proceso o condenados en resoluciones que la Corte Suprema declare injustificadamente erróneas o arbitrarias. Sin embargo, excluye a quienes hayan sido encarcelados bajo prisión preventiva y posteriormente absueltos.

La propuesta de Campillai destaca que esta exclusión deja a muchas personas sin una compensación adecuada, a pesar de que la justicia ha reconocido errores en la aplicación de dichas medidas cautelares. La senadora subrayó que entre 2006 y 2016, el número de personas sometidas a prisión preventiva y finalmente absueltas aumentó de 1.500 a 2.800 casos. Según las cifras del año 2016, un 27% de estas personas estuvo menos de 10 días en prisión, un 53% entre 10 días y 6 meses, y un 20% más de 6 meses.

“Es necesario que nuestro marco normativo se adecue a los estándares internacionales en materia de derechos humanos, los cuales reconocen el derecho a una indemnización adecuada frente a privaciones de libertad injustas”, señaló la senadora Campillai.

La iniciativa propone reformular la letra i) del artículo 19 para incluir expresamente a las personas afectadas por la aplicación ilegal de medidas cautelares. La nueva redacción establece que:

“Una vez dictado sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria, el que hubiere permanecido privado de libertad por aplicación ilegal de una medida cautelar de detención o de prisión preventiva, o bien hubiere resultado condenado en cualquier instancia por resolución que la Corte Suprema declare errónea o arbitraria, tendrá derecho a ser indemnizado por el Estado de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido. La indemnización será determinada judicialmente en procedimiento breve y sumario y en él la prueba se apreciará conforme a las reglas de la sana crítica”.

El proyecto será discutido por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, marcando un avance significativo en la protección de los derechos de las personas afectadas por errores judiciales y detenciones arbitrarias.

 

Vea texto de 1moción Boletín N°17257-07 y siga su tramitación aquí. 

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