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Moción.

Proyecto de reforma constitucional busca restringir el derecho a sufragio de los extranjeros avecindados en Chile.

La iniciativa modifica el artículo 14 de la Constitución para aumentar de cinco a diez los años de avecindamiento en el país requeridos a los extranjeros para que puedan ejercer el derecho a sufragio; y, en segundo lugar, para limitar el derecho a sufragio de las personas extranjeras únicamente a las elecciones y plebiscitos municipales.

15 de febrero de 2025

La iniciativa, patrocinada por los senadores Gastón Saavedra, Juan Ignacio Latorre y Jaime Quintana propone reformar la Constitución para establecer mayores requisitos para que los extranjeros puedan ejercer el derecho a sufragio en el país.

Exponen que la Convención Americana de Derechos Humanos reconoce el derecho a sufragio, pero no en términos absolutos, puesto que remite a la ley su regulación, aunque como lo ha precisado Corte Interamericana de Derechos Humanos las restricciones que imponga deben siempre ser proporcionadas y razonables.

Luego citan el artículo 13 constitucional que establece que la calidad de ciudadano otorga el derecho a sufragio, mientras que el artículo 14 indica que podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, mayores de dieciocho años y que no hayan sido condenados por un delito que merezca pena aflictiva. También refieren que el sufragio es obligatorio para los electores en todas las elecciones y plebiscitos, salvo en las elecciones primarias.

En comparación con otros países, señalan que nuestra legislación se caracteriza por tener requisitos demasiados laxos y permitir una amplia participación electoral de los extranjeros. Por ejemplo, en Brasil, se exige quince años de residencia en el país. Otras legislaciones como Argentina, Australia, Bolivia, España, Perú y Venezuela no permiten a los extranjeros sufragar en comicios de alcance nacional, y solo pueden sufragar en elecciones provinciales, municipales o locales. Por su parte, el Código de Buenas Practicas en Materia Electoral de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, señala que «es recomendable que los extranjeros tengan el derecho a votar en las elecciones locales después de cierto período de residencia».

La laxitud con que nuestra Constitución regula esta materia es especialmente problemática, considerando los explosivos cambios que ha sufrido el fenómeno migratorio, señalan. Si en 2020 el número de votantes extranjeros era de 378.829 personas, en 2024 aumentó a 786.466, más del doble en solo cuatro años.

Consideran necesario actualizar la regulación constitucional sobre el sufragio de las personas extranjeras, equiparándola a las legislaciones comparadas y adecuándola a la nueva realidad migratoria que vive Chile. Aclaran que en ningún caso pretenden privar del derecho sufragio a quienes legalmente emigran a nuestro país, sino que buscan asegurar que las personas extranjeras habilitadas para sufragar cuenten con un verdadero sentido de arraigo y pertenencia con el país, enmienda que se aviene con lo señalado por la Corte IDH y el principio de reciprocidad entre estados, y para proteger además nuestro sistema democrático, asegurando que quienes participan en las elecciones y plebiscitos tengan un real interés en el futuro de Chile.

El proyecto de reforma La iniciativa modifica el artículo 14 de la Constitución para aumentar de cinco a diez los años de avecindamiento en el país requeridos a los extranjeros para que puedan ejercer el derecho a sufragio; y, en segundo lugar, para limitar el derecho a sufragio de las personas extranjeras únicamente a las elecciones y plebiscitos municipales.

constitucional se encuentra en primer trámite constitucional radicado para su estudio en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

 

Ver texto moción Boletín N°17345-07 y siga tramitación aquí.

 

 

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