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Acoso sexual.

Tribunal Supremo español confirma la condena de un año de cárcel a un paciente que le tocó las nalgas a una enfermera.

Recalca que «ninguna mujer» debe «soportar el deseo de un hombre de realizar actos de tocamientos sexuales, por mínimo que sea».

16 de febrero de 2025

El Tribunal Supremo español ha confirmado la condena a un año de prisión impuesta a un paciente que, mientras era atendido en un hospital de Madrid, tocó las nalgas de una enfermera. El tribunal ratificó así la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recordando que «ninguna mujer tiene la carga o servidumbre de soportar el deseo de un hombre de realizar actos de tocamientos sexuales, por mínimo que sea», y reafirmando el compromiso con la protección de la dignidad y la integridad de las mujeres en todos los ámbitos, incluidos los entornos laborales y de atención médica.

El suceso ocurrió en el contexto de la atención médica prestada al paciente, quien aprovechó un momento de contacto físico para realizar un tocamiento inapropiado. La enfermera, ante la incomodidad y la invasión de su espacio personal, denunció el incidente, lo que dio lugar a una investigación judicial. En su fallo, el Tribunal Supremo hace hincapié en que este tipo de comportamientos no deben ser tolerados bajo ninguna circunstancia, independientemente de que el acto en cuestión pueda considerarse de menor gravedad.

El alto tribunal también señaló que la condena busca establecer un precedente en la lucha contra el acoso sexual en el entorno laboral, destacando que la violencia sexual no debe reducirse únicamente a actos más evidentes, sino que cualquier forma de tocamientos no consentidos debe ser considerada una agresión. Además, el Supremo recalcó que la responsabilidad de rechazar estos actos recae en el agresor, no en la víctima, y que, en este caso, el paciente no podía excusarse alegando desconocimiento de las consecuencias de su conducta.

Este fallo subraya la importancia de fomentar una cultura de respeto y responsabilidad en todos los ámbitos, especialmente en aquellos en los que las personas, como los profesionales de la salud, están en una posición vulnerable debido a su rol y a la confianza que los pacientes depositan en ellos. En su decisión, el Tribunal Supremo también reafirma la necesidad de sensibilizar a la sociedad sobre la gravedad del acoso sexual y la necesidad de erradicarlo de todas las áreas, incluyendo el ámbito sanitario.

Finalmente, la sentencia establece que el paciente deberá cumplir la pena de un año de prisión, una medida que busca no solo castigar el acto cometido, sino también disuadir a otras personas de realizar comportamientos similares. La condena también subraya el principio de que el respeto a la dignidad humana y la libertad personal son derechos fundamentales que deben ser protegidos y defendidos en todo momento.

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