La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Dirección General de Carabineros, que dispuso la baja inmediata por conducta mala del actor.
El recurrente cuestionó la resolución que dispuso su baja inmediata de la institución, la cual se basó en una supuesta falta cometida al no detener a un ciudadano con orden vigente.
Argumentó que la decisión carece de fundamento probatorio, no fue precedida por un sumario administrativo legalmente tramitado y vulnera sus garantías constitucionales, como la igualdad ante la ley, la presunción de inocencia y el derecho al debido proceso. Además, que la medida disciplinaria afectó su honra, dignidad y posibilidades laborales, pues no se realizó una investigación imparcial ni se respetaron los procedimientos reglamentarios exigidos en estos casos.
Solicitó que se deje sin efecto la resolución impugnada.
El General de Carabineros y Director de Justicia Auditor General, solicitó el rechazo del recurso, argumentando la falta de legitimación pasiva de la recurrida, ya que el recurso impugna una resolución emitida por una autoridad distinta a la máxima autoridad institucional. Reiteró las circunstancias de los hechos, explicando que un sujeto que tenía orden de detención vigente se retiró del lugar sin que el personal policial actuara para evitarlo. Durante este incidente, el funcionario con la cámara corporal le indicó a su acompañante que «lo dejara», lo que fue escuchado por una persona presente que preguntó al personal policial sobre los hechos, recibiendo como respuesta que el individuo tenía una orden vigente pero no quería acompañarlos.
Explicó que, antes de aplicar la sanción, se realizó una audiencia previa con el recurrido y su acompañante, donde no se presentó evidencia que desvirtuara la responsabilidad administrativa del recurrente en los hechos.
También mencionó que el recurrente tiene derecho a pensión de retiro e indemnización por su larga trayectoria en la institución y afirmó que no se vulneraron sus garantías fundamentales al adoptar la medida.
La Corte de San Miguel rechazó la acción cautelar. Acogió la excepción de falta de legitimación pasiva respecto a la Dirección General de Carabineros. En cuanto al fondo, sostuvo que el acto impugnado no es ilegal ni arbitrario, ya que la sanción de «baja por conducta mala» fue impuesta conforme a las facultades establecidas en el reglamento de Carabineros, tras un sumario administrativo en el que se evaluó la responsabilidad del recurrente. Además, se destacó que la medida disciplinaria se adoptó de acuerdo con las formalidades legales y que el hecho de que la baja se haya impuesto de forma inmediata no vulnera derechos, dado que la normativa permite su aplicación inmediata. La Corte también precisó que la proporcionalidad de la medida puede ser revisada en otra instancia, pero no constituye un motivo para acoger el recurso de protección.
En tal sentido indica que, “(…) la Dirección de Carabineros de Chile realizó la referida alegación atendido que el acto que se estima ilegal y arbitrario es la Resolución de 23 de agosto de 2024, emitida por la Prefectura de Carabineros Costa, que corresponde a una autoridad administrativa distinta a la máxima autoridad institucional, sin que el General Director haya tenido intervención alguna en la dictación del referido acto administrativo, por lo que la falta de legitimación pasiva será acogida respecto de este organismo”.
Enseguida, añade que, “(…) al resolver la eliminación por conducta mala del recurrente, la recurrida lo hizo en uso de sus facultades, en un caso previsto por la ley y con las formalidades requeridas. En efecto, el Coronel, en su calidad de Prefecto, se encontraba facultado para sancionar al actor, con la eliminación por la causal de ‘baja por conducta mala’ y, estimando concurrente la responsabilidad de dicho funcionario en los hechos que la motivaron, eventualmente constitutivos de delito o de infracciones disciplinarias graves, pudo asimismo disponer que ella tuviera efecto inmediato, decisión que corresponde precisamente a quien ordena la instrucción del sumario”.
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El fallo agrega que, “(…) la sanción de eliminación de las filas de la Institución dispuesta por la causal de ‘baja por conducta mala’ debe ser aplicada como resultado de un sumario administrativo o de una investigación disciplinaria. Sin embargo, la normativa de Carabineros de Chile autoriza a aplicarla de inmediato, sin que ello obste a la tramitación del referido sumario, de modo que no puede estimarse ilegal la decisión que así la impone”.
En mérito de lo expuesto, la Corte de San Miguel rechazó el recurso de protección.
Apelado este fallo la Corte Suprema lo confirmó.
Vea sentencia Corte Suprema Rol N°59925/2024 y Corte de San Miguel Rol N° 4507/2024 (Protección).