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Recurrida debe evacuar informe y acompañar todos los antecedentes.

Recurso de protección contra MINSAL por negar cobertura de tratamiento con droga oncológica a paciente con cáncer de mama, se admite a trámite por la Corte de Santiago.

Denuncia que la decisión de la Comisión Técnica Asesora de Drogas Oncológicas de Alto Costo, dependiente del MINSAL, consistente en descartar la continuación de su tratamiento con la droga oncológica T-DM1, prescrita por su médico tratante, es arbitraria e ilegal, y vulnera su derecho a la vida e integridad física y psíquica.

19 de febrero de 2025

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección interpuesto en contra del Ministerio de Salud (MINSAL), por el rechazo de la solicitud de continuar con el tratamiento oncológico con la droga T-DM1, prescrito por el médico tratante de la recurrente.

La actora fue diagnosticada con cáncer de mama en 2018 y, a lo largo de su tratamiento, ha experimentado diversas complicaciones, como una falla renal grave que interrumpió temporalmente su tratamiento. Tras varios intentos fallidos con diferentes tratamientos, fue trasladada a Santiago en 2022 en busca de una alternativa terapéutica más adecuada. El tratamiento propuesto por los médicos fue el uso de T-DM1, sin embargo, la solicitud de financiamiento del medicamento fue denegada por el Comité de Drogas Oncológicas, dependiente del MINSAL, indicando que no cumplía con los requisitos y que este medicamento solo se autoriza en estadios de cáncer específicos.

Explica que no puede acceder al medicamento debido a la imposibilidad económica de costearlo, pues el alto costo del tratamiento no está cubierto por el sistema de salud pública ni por Fonasa, y no cumple con los criterios de inclusión definidos en la normativa vigente.

Solicita a la Corte que se ordene la entrega del medicamento de forma gratuita, resguardando su derecho a la vida, y a la integridad física y psíquica.

La Corte de Santiago declaró admisible el recurso de protección y solicitó informe al Ministerio de Salud, que deberá evacuarlo en el término de cinco días.

 

 

Vea resolución Corte de Santiago Rol N° 2761/2025 y texto del recurso.

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