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Fallo confirmado por Corte Suprema.

Dilación excesiva de sumario administrativo de carabinero de franco que agredió físicamente a adulta mayor, vulnera su garantía de igualdad ante la ley.

Habiendo transcurrido casi 3 años desde la baja del carabinero y del inicio del sumario, se ha producido una transgresión a la garantía de igualdad ante la ley, por cuanto se dejó al actor en una situación desmejorada en relación a otros funcionarios que han podido ser juzgados en un plazo razonable.

28 de febrero de 2025

La Corte de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Prefecto de la Prefectura de Carabineros Santiago Central, por disponer la baja inmediata por mala conducta del actor.

El recurrente, ex cabo de Carabineros, señaló que se dispuso su baja inmediata de la institución por mala conducta, derivada de un incidente ocurrido el 17 de diciembre de 2021, cuando agredió físicamente a una persona de la tercera edad durante una visita en su domicilio.

Sostuvo que la resolución es ilegal y arbitraria, ya que no cumple con los requisitos establecidos en el reglamento de Carabineros y vulnera sus derechos fundamentales.

Además, argumentó que el procedimiento sumarial ha sido excesivamente prolongado, sin respuesta de la institución, lo que le genera incertidumbre e indefensión.

Solicitó que se ordene la terminación del proceso en un plazo razonable y que se declare la ilegalidad de la resolución.

El recurrido solicitó el rechazo de la acción, indicando que el recurso de protección es una medida cautelar extraordinaria que requiere un derecho indubitado para su procedencia, lo cual no ocurre en este caso.

Afirmó que la baja inmediata del recurrente se encuentra legalmente fundamentada y regulada por el Reglamento de Selección y Ascensos de Carabineros y el Reglamento de Disciplina, debido a que el recurrente incurrió en graves faltas al agredir físicamente a una persona de la tercera edad en su domicilio.

Sostuvo que los hechos comprometieron el prestigio de la institución y que la conducta del actor vulneró las normas disciplinarias, considerando que, además, tenía antecedentes de sanciones previas.

La Corte de Santiago acogió la acción cautelar en cuanto a la dilación excesiva del sumario administrativo.

En relación a la baja inmediata por conducta inapropiada, tuvo presente que el recurrente agredió físicamente a la administradora de un edificio en su día franco, y revisó las normas al respecto, observando que la autoridad tiene la facultad de ordenar dicha baja de manera inmediata si la falta es grave y pone en riesgo el prestigio de la institución.

Consideró que la agresión y el desprestigio causados justifican la medida, dado que el funcionario había cometido faltas previas y su comportamiento afectó la imagen de la institución.

Además, que se cumplieron los requisitos establecidos para una baja inmediata, como la gravedad de la falta y la evidente responsabilidad del funcionario, tal como quedó demostrado en el parte denuncia.

Respecto a la dilación injustificada del sumario administrativo, la Corte tuvo en consideración que el proceso se ha extendido más de dos años y ocho meses desde su inicio sin que se notificara al recurrente la Vista Fiscal.

Señaló que el proceso se ha demorado de manera innecesaria, lo que afecta el principio constitucional del debido proceso, particularmente en relación con los derechos del actor a un juicio justo y en un plazo razonable.

Sostuvo que la demora en la tramitación no ha sido justificada por la autoridad, y concluyó que el retraso afecta la igualdad ante la ley al poner al recurrente en una situación desventajosa en comparación con otros funcionarios.

En mérito de lo expuesto, la Corte de  Santiago acogió el recurso de protección y ordenó  dar término al procedimiento en un plazo razonable, respetando los principios de eficiencia, eficacia y celeridad establecidos en la Ley N° 19.880.

Apelado este fallo ante la Corte Suprema, lo confirmó, con declaración que se fija a la recurrida un plazo máximo de 60 días para dar término al procedimiento sumarial iniciado el 10 de enero de 2022.

 

 

Vea sentencia Corte Suprema Rol N°730/2025 y Corte de Santiago Rol N° 18119/2024 (Protección).

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