En fallo unánime, la Corte Suprema condenó al Servicio de Salud Coquimbo a pagar una indemnización de $ 150.000.000 a una madre por las complicaciones que sufrió su hija por la tardía atención de un parto en el hospital San Juan de Dios de La Serena.
La sentencia sostiene que lo cierto es que los sentenciadores establecieron el nexo causal, para determinar el factor de imputación, falta de servicio, sobe la base de presunciones judiciales que construyeron a partir de la prueba documental, testimonial y confesional rendida en juicio, sin que sea efectivo que la responsabilidad asentada emane sólo de aquellos documentos que indica, pues éstos sólo sirvieron como un antecedente más para configurar la responsabilidad en estudio y que se relaciona con la infracción a la praxis médica concluyendo que el Servicio de Salud de Coquimbo, a través del Hospital San Juan de Dios de La Serena, actuó en forma inoportuna e ineficiente en el diagnóstico, trabajo de parto y cirugía de paciente, al retardar el parto. No obstante su historial clínico previo y lo examinado por los mismos responsables durante los ingresos anteriores que la demandante debió hacer al Hospital y al Policlínico de Alto Riesgo Raúl Silva Henríquez, los días 15, 18 y 26 de octubre del 2010, en que se constataron contracciones, estado febril y la posición podálica del feto, situación que derivó que cuatro días después tuviese que recibir una cesárea de urgencia por rotura de membranas a las 37, 6 semanas de gestación, por la pérdida de abundante líquido amniótico con presencia de meconio, circunstancia que revela sufrimiento fetal y que provocó que la niña presentara al nacer depresión neonatal e hipotonía, con diagnóstico de egreso de encefalopatía hipóxica isquémica grado uno.
Vea texto íntegro de la sentencia
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