El Tribunal Constitucional español acogió a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por la Tercer Sala del Tribunal Supremo, contra el artículo 19.4 de la ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, en su reforma por el Decreto Ley 15/2012, que permite a las radios el acceso libre a los estadios de fútbol para retransmitir en directo los eventos deportivos.
En ese sentido, la Sala del Supremo entiende que dicho precepto puede vulnerar los artículos 33, derecho de propiedad y 38, libertad de prensa y economía de mercado, de la Constitución.
Al efecto, la Magistratura Constitucional española concedió un plazo improrrogable de 15 días al Congreso de los Diputados, Senado, Gobierno y Fiscalía del Estado para que se personen en el proceso y formulen las alegaciones que consideren convenientes.
Vea texto íntegro del comunicado y de la resolución.
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