En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección presentado contra la empresa Aguas Antofagasta S.A por diversos cortes de suministro y el derrame de aguas servidas en el sector entre el balneario municipal y el Parque Brasil, en la costanera sur de la ciudad, ya que el actuar que se invocó como arbitrario e ilegal ya cesó.
La sentencia sostiene que habiendo cesado el actuar que se invoca como ilegal, que se imputa a la recurrida, no hay en el presente garantías constitucionales de la recurrente que aparezcan conculcadas y que por ello deban ser objeto de protección, razón por la cual no es posible acoger la acción constitucional impetrada.
La resolución agrega que una falla de impulsión que afectó el sistema de bombeo de la Estación Elevadora de Aguas Servidas a la fecha de hoy no existe, habiendo adoptado la empresa recurrida en su oportunidad las decisiones cuestionadas para evitar un mal mayor a lo ocurrido y haber dictado las medidas de mitigación destinadas a reparar el daño ambiental provocado.
Vea texto íntegro de la sentencia
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