El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 23 inciso 3º y 24 inciso 1º del Decreto Ley N°3.063, Ley sobre Rentas Municipales, que regulan lo relativo a la pago de patentes municipales en relación a actividades profesionales, industriales o comerciales.
La gestión pendiente invocada incide en un recurso de casación en el fondo, que conoce la Corte Suprema, mediante el cual se pretende anular una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que desestimó un reclamo de ilegalidad.
La requirente estima que de aplicársele las normas impugnadas se contraviene el principio de legalidad tributaria, al permitir que sea el Presidente de la República quien determine un hecho esencial del tributo, como es el hecho gravado. Por otra parte, la aplicación del inciso 1º del artículo 24 gravaría a una persona jurídica por el sólo hecho de ser tal, y no por las actividades que desarrolla o los bienes que posee, lo que igualmente pugna con la Carta fundamental.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el término de diez días a la Municipalidad de Las Condes. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro de los requerimientos y del expediente Rol N° 2141.
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