En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Chillán revocó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán y sustituyó la medida cautelar de arresto domiciliario por la de prisión preventiva a Carlos Concha Vergara, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de porte de elementos explosivos, ilícito perpetrado en el marco de manifestaciones que se han desarrollado a nivel nacional, el 21 de octubre pasado en el centro de la ciudad de Chillán.
El dictamen señala que la sala, tras escuchar los alegatos de las partes, resolvió que conforme al mérito de los antecedentes expuestos en la audiencia respectiva, los vertidos ante estos estrados y la forma de comisión del delito por el cual ha sido formalizado, es dable concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, por lo que visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de veintidós de octubre que no hizo lugar a la petición de prisión preventiva de Carlos Concha Vergara, y en su lugar, se declara que se le impone dicha medida cautelar.
La Fiscalía acusa que a las 20 horas del día lunes 21 de octubre, en el contexto de las protestas que tienen lugar en la ciudad, el imputado portaba 6 bombas molotov al interior de una mochila, siendo sorprendido por personal de Carabineros.
Vea texto íntegro de la sentencia rol 354-2019
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