El Mensaje Nº115-365 ingresado por el Presidente de la República al Senado en septiembre de 2017, que tiene por objeto sancionar penalmente a quienes promueven discursos que, conforme a la terminología del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos, consistan en una apología del odio, capaz de desencadenar en actos de violencia o cualquier otra acción ilegal similar, que afecte a un grupo de personas o a sus miembros.
La Sala de la Cámara votó en particular el proyecto, donde se aprobó el artículo 1 que introduce un párrafo en el Código Penal sobre incitación a la violencia y al odio, en el catálogo de los crímenes y simples delitos que afectan los derechos garantizados por la Constitución. También se aprobó la norma que sanciona el negacionismo de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en Chile, con 75 votos a favor, 66 en contra y 6 abstenciones.
Se sanciona así a quien justifique, apruebe o niegue las violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del Estado durante la dictadura cívico militar, ocurrida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, consignadas en los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, de la Comisión de Prisión Política y Tortura, de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura; sin perjuicio de los posteriores informes que sean reconocidos por el Estado sobre la materia, siempre que dichos actos perturben el orden público o bien impidan, obstruyan o restrinjan de forma ilegítima el ejercicio de un derecho por parte de el o los ofendidos, con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de 40 a 60 UTM.
Noticias Relacionadas
Ahora bien, la norma sobre incitación a la violencia física fue rechazada, al no alcanzar los votos afirmativos que se requerían de quórum calificado. Mientras que el artículo referido a la incitación al odio, no alcanzó mayoría simple para su aprobación. El texto proponía sancionar el delito de incitación a la violencia, con una pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de 20 a 40 UTM. Y en el caso de la incitación al odio, se establecía una pena de prisión en su grado medio a máximo.
El proyecto se encuentra en segundo trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado,
Vea texto íntegro del Boletín Nº11424-17.