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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que acogió amparo en favor de alcalde de Curepto por orden de arresto en su contra pese a existir bienes embargables en proceso de cobranza laboral a profesores municipales.

Pese a la decisión, el máximo Tribunal ordenó al municipio decretar el pago del dinero adeudado.

28 de diciembre de 2019

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, que acogió amparo deducido en favor del alcalde de la municipalidad de Curepto, contra quien la Jueza de Letras y Garantía de la misma comuna dictó una orden de arresto en el marco del proceso de cobranza laboral.
La sentencia del máximo Tribunal señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se desprende que existe un proceso sustanciado ante el Juzgado de Letras y Garantía de Curepto, en el cual se han materializado embargos sobre bienes municipales y dineros de cuentas bancarias del municipio para hacer frente a la condena de pago a quienes recurren por el no pago de sus cotizaciones previsionales.
En ese sentido, agrega la sentencia de la Corte Suprema que, por tal razón entonces debe confirmarse lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Talca y en consecuencia acoger la acción de habeas corpus en favor del edil, pero debiendo decretarse por parte de la autoridad el correspondiente decreto de pago.
La decisión de la Corte Suprema fue acordada con el voto en contra de los Ministros Sra. Repetto y Sr.Blanco, quienes estuvieron por revocar el fallo de alzada y en su lugar rechazar la acción de habeas corpus intentada al considerar que la recurrida jueza actuó en el marco de sus atribuciones y en el límite de su competencia.

 

Vea textos íntegros de la sentencia de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 34062-2019 y de la Corte de Apelaciones de Talca Rol Ingreso N° 214-2019.

 

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