Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia que, declaró inadmisible el recurso de protección deducido por un arquitecto en contra de Constructora CVP Ltda., por supuestamente mantener acopios de deshechos y un basural, cercanos al domicilio del recurrente.
El recurrente estimó vulnerados sus garantías del artículo 19 numerales 1 y 24 de la Constitución Política de la República.
Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Valparaíso señaló que, atendido el mérito de los antecedentes, estimó la Corte que en el libelo en análisis no se señaló con claridad hechos que puedan constituir vulneración a derechos que se encuentren protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional, y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Corte Suprema, se declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto.
Sin embargo, el máximo Tribunal indicó que, del mérito de los antecedentes, apareció de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se mencionó hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación.
Por consiguiente, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada y en su lugar declaró admisible el recurso de protección, debiendo dársele la tramitación correspondiente.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 36401-2019 y de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol 38459 – 2019
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