En fallo unánime, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones de trabajador en contra de su exempleadora, la empresa Agrícola Valles del Sur SpA de Angol.
La sentencia indica que la recurrente indica que la materia de derecho objeto del juicio que pretende unificar, dice relación con el término de contrato de trabajo según lo establecido en el artículo 159 N° 5 del Código Laboral, señalando que ‘es una causal de carácter objetivo, sin embargo el tribunal niega la aplicación de causal sobre una base subjetiva y contraria a otras interpretaciones judiciales del precepto‘.
La resolución agrega que la sentencia impugnada desestimó el arbitrio en cuanto sólo se fundó en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, teniendo en consideración que ‘no se encuentra acreditada la causal invocada y porque además la recurrente nunca desarrolló los principios de la lógica que enunció, teniendo presente que este recurso es de derecho estricto‘.
Añade que, hecho el análisis que imponen las normas mencionadas en el considerando segundo, aparece que el recurso, en los términos planteados, no podrá prosperar ya que en el fallo que lo motiva, como se advierte, no existe pronunciamiento sobre la materia de derecho respecto de la cual se pretende la unificación de jurisprudencia.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Nº93.420-2020, Corte de Temuco Rol Nº499 2019 y de primera instancia RIT O-14-2019.
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