El Pleno del Tribunal Constitucional de España ha desestimado el recurso de amparo interpuesto por Jordi Sánchez contra el auto del magistrado instructor de 9 de marzo y auto de la Sala de Recursos de la Sala Penal del Tribunal Supremo de 17 de abril de 2018, respectivamente, que denegaron los permisos solicitados para asistir personalmente al Parlamento de Cataluña para defender y debatir su investidura como presidente de la Generalitat.
Al respecto, la Magistratura Constitucional española indicó que los órganos judiciales han ponderado de manera constitucionalmente adecuada la concurrencia de datos objetivos y constatables que permite fundamentar la existencia de un riesgo relevante de reiteración delictiva.
En este sentido, la resolución sostuvo que “En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española ha decidido: Desestimar el recurso de amparo interpuesto por don Jordi Sánchez i Picanyol Publíquese esta sentencia en el Boletín Oficial del Estado”.
En virtud de dichas consideraciones, el Pleno del Tribunal Constitucional español decidió rechazar el recurso interpuesto, confirmando así la negativa de otorgar los permisos solicitados para asistir personalmente al Parlamento de Cataluña para defender y debatir su investidura como presidente de la Generalitat.
Cabe señalar que el fallo fue acordado con los votos particulares de los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos y Fernando Valdés Dal-Ré. Asimismo, se comunicó que en los próximos días se notificará la sentencia junto a una nota de prensa más amplia.
Vea texto íntegro del comunicado de prensa.