Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible la acción de protección deducida por un grupo de ex trabajadores en contra del Ministerio de Obras Públicas (MOP) por no trabar un embargo ordenado por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago hasta por la suma de $103.100.816 sobre los dineros que el Ministerio de Obras Públicas debe devolver a los ex empleadores de los recurrentes.
Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2 y 24.
La Corte de Apelaciones de Santiago indicó en su sentencia que, los hechos descritos en la presentación de folio 1 ya están siendo conocidos por un Tribunal, ante el cual se podrán hacer las alegaciones pertinentes y deducir los recursos que procedan, todo lo cual impide que esta acción tutelar pueda ser acogida a tramitación, por lo que se declaró inadmisible el recurso de protección.
El máximo Tribunal por su parte, confirmó la sentencia apelada.
Vea textos íntegros de las sentencias Corte Suprema Rol N° 5532-2020 y Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 187897-2019.
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