En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena condenó al Banco de Chile a pagar una indemnización por daño emergente a cliente, por autorizar pago de cheques hurtados y con firma falsificada cobrados a través Servipag.
La sentencia indica que la denunciada no acreditó cuáles fueron los procedimientos y protocolos que puso a disposición de Servipag para que en su nombre y bajo su responsabilidad procediera a pagar los documentos que aparecían girados con firma falsificada contra la cuenta corriente del actor, se debe concluir que la denunciada no cumplió con el deber de seguridad en la prestación del servicio que otorgó al actor en el pago de los cheques materia de esta causa.
La resolución agrega que por lo razonado, corresponde castigar al denunciado Banco de Chile por la responsabilidad que le ha asistido en el pago que autorizó, a través de un delegatario suyo, de los cheques singularizados en la denuncia, incurriendo así en la infracción del artículo 23 inciso 1° de la Ley 19.496, norma que castiga al proveedor de un servicio que ha actuado con negligencia causando menoscabo al consumidor debido a fallas o deficiencias, entre otras, en la seguridad del servicio.
Por tanto, concluye:
I.- Que se revoca la sentencia de nueve de noviembre de dos mil dieciocho, escrita de fojas 170 a 176, en cuanto desechó la denuncia interpuesta y absolvió en lo infraccional al Banco de Chile y, en su lugar, se declara que se acoge dicha denuncia infraccional y se condena, en consecuencia, a la citada entidad bancaria a una multa de cinco Unidades Tributarias Mensuales, a beneficio fiscal.
II.- Que se revoca la citada sentencia en cuanto rechazó la demanda civil deducida por el primer otrosí de fojas 31, y en su lugar se da lugar a ésta, pero solo en cuanto a la indemnización del daño emergente, consistente en el valor total de los cheques materia de este procedimiento, por lo que se condena a Banco de Chile a pagar a la actora la suma de $1.445.000.
Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº155-2019
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