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Imagen: Microjuris.
Despachado al Senado.

Cámara de Diputados aprueba proyecto de ley que mejora la persecución del narcotráfico y del crimen organizado.

Faculta a los Jueces de Garantía a disponer la enajenación temprana de bienes incautados cuya custodia sea difícil e incorpora el “comiso por equivalencia”.

19 de marzo de 2021

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regular el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social.”

La iniciativa que ingresó a la Cámara en junio de 2020 corresponde al texto refundido de los Boletines N°13.588-07, Nº11.915-07, Nº12.668-07 y Nº12776-07.

El proyecto modifica varios cuerpos legales que regulan el delito de narcotráfico, tráfico de drogas y el procedimiento de incautación de sustancias ilícitas.

La iniciativa faculta a los Jueces de Garantía para disponer la enajenación temprana de bienes incautados cuya custodia sea difícil o dispendiosa, incorpora el “comiso por equivalencia” para los casos que no sea posible decomisar bienes que hayan servido o que hubieren estado destinados a la comisión de delitos de tráfico de drogas y narcotráfico, aplicando el comiso a una suma de dinero equivalente al valor dichos bienes y entrega facultades de fiscalización a la Unidad de Análisis Financiero.

También elimina los conceptos de “calidad” y “pureza” contemplados en la Ley N°20.000, con el fin de sancionar el tráfico de drogas en virtud de su cantidad y dosis, dispone penas para quienes suministren a menores de dieciocho años de edad productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud y aumenta el grado de las penas de quienes cometan el delito de narcotráfico valiéndose de menores de edad exentos de responsabilidad penal.

Establece asimismo la posibilidad que las drogas y estupefacientes incautadas puedan ser destinadas provisionalmente a unidades policiales que tengan como objeto la desarticulación de organizaciones criminales, faculta a múltiples entidades para realizar el análisis químico de las drogas incautadas y amplía el catálogo de sustancias químicas controladas.

También regula los casos en que se entiende justificado el cultivo de especies vegetales del género cannabis para la atención de tratamientos médicos, sanciona penalmente a quien administre sin su consentimiento o conocimiento drogas o psicotrópicos ilegales y establece que no podrá ser candidato a un cargo de elección popular la persona que tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico.

El proyecto fue despachado al Senado para su discusión.

 

Vea texto íntegro refundido del Boletín N°13.588-07 y siga su tramitación aquí.

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