La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados aprobó en general y en particular el proyecto de ley que “Excluye de los beneficios establecidos en la Ley N°19.856 a las personas condenadas por delitos que, conforme al derecho internacional, sean considerados como genocidio o crímenes de guerra o de lesa humanidad”.
La iniciativa ingresó al Congreso en diciembre de 2020 y corresponde a una moción patrocinada por la Diputada Karol Cariola, en conjunto con los Diputados Hugo Gutiérrez, Marcos Ilabaca, Jaime Naranjo, René Saffirio, Leonardo Soto, Víctor Torres y Matías Walker.
El proyecto agrega un nuevo artículo 18 bis a la Ley N°19.856, que “Crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de la observación de buena conducta”, del siguiente tenor:
“No podrán acceder a los beneficios que establece esta ley las personas condenadas por delitos de homicidio, homicidio calificado, secuestro, secuestro calificado, sustracción de menores, detención ilegal, inhumación o exhumación ilegal, tormentos o rigor innecesario, y asociación ilícita, que la sentencia, en conformidad al derecho internacional, hubiere considerado como genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, cualquiera haya sido la denominación o clasificación que dichas conductas hubieren tenido al momento de su condena; o por alguno de los delitos tipificados en la ley Nº20.357”
La Comisión aprobó el proyecto en general y en particular, designó al Diputado Marcos Cerda como informante y lo despachó para su discusión en Sala.
Vea texto íntegro del Boletín 13.979-07 y siga su tramitación aquí.
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