La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que declaró inadmisible el recurso de amparo deducido en contra de la resolución dictada por el 5º Juzgado de Garantía de Santiago que, acogiendo un incidente de nulidad de lo obrado interpuesto por la querellante dejó sin efecto la resolución que había declarado abandonada la querella, con costas.
El amparado alegó estar sufriendo un proceso penal en el que arriesga 541 días de presidio menor en su grado medio, pese a haberse decretado el abandono de la querella y el sobreseimiento definitivo, con costas, pues se acogió un incidente de nulidad de lo obrado interpuesto por la querellante y dejó sin efecto la resolución que declaró a abandonada la querella dictándose sobreseimiento definitivo en la causa, con costas, por lo que estarían en riesgo las garantías constitucionales que le asegura el artículo 19 Nº3 y N°7 de la Constitución.
La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso de amparo, al considerar que los hechos expuestos en el libelo no configuran un atentado a la libertad personal y seguridad individual del amparado.
Compartiendo los argumentos de la sentencia en alzada, el máximo Tribunal la confirmó, con el voto en contra del ministro Leopoldo Llanos, quien estuvo por declarar admisible la impugnación, al considerar que es un recurso protector de la libertad personal y seguridad individual, de carácter autónomo en relación a la resolución que le sirve de fundamento por lo que no altera el sistema recursivo procesal penal, funcionando como acción constitucional. Además, el Auto Acordado no prevé que ante la interposición del arbitrio señalado este sea sometido a un trámite previo de admisibilidad, por su carácter urgente y por el riesgo de que se vean afectados derechos fundamentales de la mayor relevancia.
Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 27.073-2021 y Corte de Santiago Rol Nº 624-2021.
RELACIONADOS