La moción, patrocinada por las Senadoras Isabel Allende, Carmen Gloria Aravena, Yasna Provoste y Marcela Sabat, modifica el Código Civil para establecer que la mujer casada en sociedad conyugal será mirada como separada de bienes para efectos de la adquisición y venta de subsidios estatales establecidos en su beneficio. Además, modifica la Ley Nº18.196 regula que, para celebrar contratos de compra, la mujer casada beneficiaria de un subsidio habitacional del Estado se presumirá separada de bienes.
La iniciativa plantea que, respecto de la autonomía de la mujer y la protección de su patrimonio reservado, lo razonable y justo es que los bienes ingresen efectivamente al patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal. No es razonable, sostiene la iniciativa, que se mire a la mujer separada de bienes exclusivamente para su adquisición, entrando de todas formas en el patrimonio social para efectos de su posible futura venta.
El proyecto modifica el Código Civil, incorporando un inciso quinto al artículo 150 del siguiente tenor:
“Se mirará a la mujer casada en sociedad conyugal como separada de bienes, para la adquisición y venta de aquello subsidios estatales que se establezcan en su beneficio”.
Además, modifica el inciso segundo del artículo 41 la Ley Nº18.196, el que quedaría redactado en los siguientes términos:
Noticia Relacionada
“La mujer casada beneficiaria del subsidio habitacional del Estado, se presumirá separada de bienes para la celebración de los contratos de compraventa, mutuo e hipotecas relacionados exclusivamente con la adquisición de la vivienda para la cual se les haya otorgado dicho subsidio, así como para la venta de ésta.”
El proyecto de ley paso para su estudio a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Vea texto íntegro de la moción y siga aquí su discusión.