Implica la obediencia total del Estado a la Constitución, las leyes, los reglamentos, y al resto de las normas jurídicas. Este principio es la base del Estado de Derecho.
Como consecuencia directa de este principio existe la protección de los derechos de las personas y su consideración como límite a la acción del Estado en la promoción del bien común.
Tal principio tiene 3 requisitos: el primero, que la actuación debe ser efectuada por un órgano nombrado o elegido de acuerdo a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico; el segundo, en que dicha actuación debe enmarcarse dentro de lo establecido por la ley; y tercero, que el órgano estatal ejerza su atribución siguiendo los trámites del procedimiento que al efecto le fije la ley.
Para la existencia de un Estado de Derecho es trascendental que la ley fije el marco de actuación del Estado. Tal es la importancia que, de no existir dicha limitación, podrían las municipalidades, superintendencias o jueces atribuirse el poder de administrar o de resolver un conflicto.