La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió parcialmente la demanda de indemnización presentada en contra del Hospital Clínico San Borja Arriarán por el mal tratamiento brindado a heridas provocadas por mordeduras de perro y que derivaron en la amputación de las piernas del paciente.
En primera instancia el Tribunal concluye que la falta de servicio en que incurrió el Hospital Clínico San Borja Arriarán, consistente en no haber otorgado al actor las prestaciones relativas a hospitalización y aseo quirúrgico, dispuestas por ese mismo recinto de salud, que, en definitiva, no las cumplió, es precisamente la causa de los daños establecidos en el numeral precedente, toda vez que, de haber cumplido dichas prestaciones, en forma oportuna, se habría podido conocer la magnitud de la infección que afectaba al demandante, infección que ya había sido advertida por dicho recinto hospitalario, pero que, en definitiva, fue constatada en la Clínica Dávila, y determinó, en definitiva, la amputación de los miembros inferiores del demandante.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Santiago Rol Nº6.506-2019 y de primera instancia Rol C-22233-2016
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