El TEDH rechazó las medidas cautelares solicitadas por un grupo de profesionales de la salud, en el marco de dos demandas presentadas en contra de Grecia y que se encuentran pendientes de resolución.
Los solicitantes refieren que el actual régimen griego impone la vacunación obligatoria a los profesionales de la salud, lo que estiman vulnera sus derechos consagrados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. En particular, alegan una infracción de los artículos 2 (derecho a la vida), 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes), 4 (prohibición de la esclavitud y del trabajo forzado), 5 (derecho a la libertad y a la seguridad), 6 (derecho a un juicio justo), 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación).
En virtud de lo anterior, los demandantes pidieron al TEDH se suspendiera inmediatamente dicha regulación.
El TEDH desestimó la solicitud de medidas cautelares, al considerar que la suspensión del precepto impugnado vulneraría el artículo 39 del Reglamento de la Corte sobre medidas cautelares, toda vez que constituiría un prejuzgamiento. Por otra parte, el Tribunal recordó que estas medidas son de carácter excepcional y solo son procedentes cuando los solicitantes se enfrentan a un riesgo real de daño irreversible, cuestión que considera no ocurre en este caso.
Vea comunicado del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
RELACIONADOS