El TC, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de octubre, acogió, por seis votos contra dos, un requerimiento de inaplicabilidad que impugnó una parte del inciso 2° del artículo 5° de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.
La gestión pendiente invocada incide en un reclamo de ilegalidad deducido por la Subsecretaría General de la Presidencia en contra del Consejo para la Transparencia, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante el cual se impugna la decisión del CPLT que ordenó entregar información a la solicitante del contenido de correos electrónicos institucionales.
La resolución del Tribunal Pleno fue entregada a través de un comunicado de prensa y en los próximos días se dará a conocer la sentencia.
Vea texto integro de la sentencia y del expediente Rol Nº2246-12.