El control de uso de armas lo ejerce el El Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) controla las armas, explosivos, fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros elementos similares, sin perjuicio de las funciones que tiene el Ministerio del Interior y Seguridad Pública en la mantención del orden público, la seguridad pública, el procesamiento y tratamiento de datos, la coordinación y fomento de medidas de prevención, y el control de la violencia relacionada con el uso de armas.
¿Cómo se puede inscribir un arma?
La DGMN sólo permite la inscripción de un arma cuando, a su juicio, presume que quien la tenga lo hará con el objeto de proteger el sitio o lugar declarado. Esta entidad debe llevar el registro de las armas inscritas.
Para solicitar la tenencia legal de un arma, la DGMN dispone de un formulario de permiso para portar armas de seguridad y protección. Además, se debe acreditar conocimiento de su manejo, así como aptitud física y psíquica, a lo cual se agrega el no haber sido condenado por crimen o simple delito o sancionado por la ley de violencia intrafamiliar, entre otros requisitos.
¿Cuándo está permitido portar un arma?
Para portar un arma, primero ésta debe estar debidamente inscrita. Luego, nadie puede portar un arma fuera del lugar que se declaró querer proteger con la misma, ya se trate de una residencia, sitio de trabajo u otro lugar. Es decir, si una persona inscribió un arma para proteger su casa, no puede andar portándola fuera de ella.
Sólo las autoridades e instituciones autorizadas por Ley pueden portar armas en forma permanente.