La imprescriptibilidad de estos delitos significa que las víctimas pueden presentar acciones penales para perseguir estos delitos sin que se extinga la responsabilidad penal por el transcurso del tiempo. Es decir, los responsables podrían ser perseguidos y condenados sin límite de tiempo en cuanto a su persecución.
¿Qué delitos se declaran imprescriptibles?
Se declaran imprescriptibles los siguientes delitos cuando la víctima es menor de edad:
- El secuestro con violación.
- La sustracción de un menor de 18 años con violación.
- La tortura con violación.
- Los apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes con violación.
- La introducción de objetos de cualquier índole, por vía vaginal, anal o bucal, o el uso de animales en ello.
- La violación.
- El acceso carnal, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de catorce años.
- El estupro.
- Acceso carnal a un mayor de 14 y menor de 18.
- Abuso sexual.
- Abuso sexual de menor de 14 años.
- Acción sexual ante un menor de 14 años.
- Producción de material pornográfico.
- Promover o facilitar la explotación sexual de menores.
- Clientes de la explotación sexual de menores de 18 y mayores de 14.
- Trata de personas para delitos sexuales.
- Robo con violación.