Por Camila Contreras Jaidar, USS
1. ¿Cuál es la situación actual de Chile frente al aborto?
Hasta ahora, el aborto es permitido en tres causales: peligro para la vida de la madre, inviabilidad del feto o violación. Pese a que en teoría pretenden ser causales restrictivas, no es difícil hacerlas más amplias, sobre todo en el tercer caso. Con todo, no deja de ser curioso que uno de los argumentos dados en su momento para promover esta ley, era la enorme cantidad de abortos clandestinos que supuestamente se realizan en Chile anualmente, cosa imposible de verificar de manera fehaciente, precisamente por su clandestinidad. Sin embargo, el número total de abortos legales en los últimos años ha sido notoriamente inferior a esos supuestos montos. En suma, que se señalaba que había una demanda y necesidad casi desesperada por legalizar esta situación, cosa que las cifras reales de abortos han desmentido.
2. ¿Qué dice el proyecto de ley presentado por el Gobierno?
En los últimos años ha habido tres proyectos relacionados con este tema. El primero, de agosto de 2018 (Boletín 12038-3), buscaba que el aborto fuera libre y sin condiciones hasta las 14 semanas del embarazo, sin expresar causales, es decir, por mera voluntad de la madre. Este proyecto fue archivado. Luego, en octubre de ese mismo año, se presentó otro (Boletín 12148-11), que no busca ampliar el aborto, sino garantizar un trato adecuado para la mujer que se practique uno, dentro de las causales que permite la ley. Finalmente, en marzo de 2021, se presentó otro proyecto (Boletín 14074-34) que busca que las posibilidades de abortar se apliquen tanto a la mujer como a toda “persona con capacidad de gestar”. Estos dos últimos se encuentran en tramitación. El actual gobierno prometió en su campaña ampliar el aborto, pero aún no ha presentado ningún proyecto en tal sentido.
3. Para usted, ¿cuándo empieza la vida humana?
No es una opinión personal, sino basada en datos científicos: la vida humana (como también la de cualquier tipo de vida animal) comienza con la concepción o fecundación. En ese momento ya existe toda la información genética de ese nuevo ser, que se irá manifestando y desarrollando no sólo durante el embarazo, sino a lo largo de toda la vida de esa persona. Luego de la concepción no ingresa otra información o elementos a ese nuevo ser y desde ese instante, ya se comporta como un ser vivo en toda regla (se nutre, crece, interactúa con su entorno, etc.). Además, pertenece a la raza humana desde siempre, lo que también prueba la genética.
En consecuencia, si todos somos iguales, debe ser reconocida como una persona desde ese instante, lo que exige respetar sus derechos, partiendo por el Derecho a la Vida, derecho del cual dependen todos los demás. Ahora, comúnmente se dice que el derecho y la libertad de unos deben terminar donde comienzan los derechos y la libertad de otros. Por lo tanto, para ser coherentes con esta idea, ningún derecho o libertad debiera imponerse al Derecho a la Vida de un ser inocente, que además, es su primera libertad: que lo dejen vivir. Por eso, la primera libertad que tenemos es la de vivir. En el fondo, la clave aquí es un asunto antropológico (no religioso): si la calidad de persona es una situación real, un dato que sólo puede reconocerse, como en este caso, o es simplemente una ficción, un “regalo” que la ley puede otorgar o quitar con total discrecionalidad a quien quiera. En el primer evento, la ley me respeta porque previamente soy persona; en el segundo sólo sería persona si la ley así lo establece. La diferencia y las consecuencias de una u otra postura resultan de la máxima importancia, como puede fácilmente concluirse.
4. En su opinión, ¿es correcto regular el aborto a través de la Constitución o es mejor dejarlo simplemente a la regulación de la ley?
Puesto que no soy partidario del aborto, en mi opinión no debiera estar regulado como un derecho, sino para aquellos casos en que alguna intervención médica ha producido un aborto de modo indirecto en casos justificados, lo que por lo demás, ya se encuentra regulado por la práctica médica (la lex artis), no generando responsabilidad alguna. Ahora, desde el momento en que el aborto se encuentra establecido en una constitución, su modificación resulta más difícil que si está regulado solo por la ley. Como casi todo en la vida, ambas situaciones tienen ventajas y desventajas. Desde mi perspectiva, si se quiere restringir o prohibir el aborto, es una desventaja que esté consagrado en la constitución y una ventaja que lo contemple la ley, pues será más difícil lograr esto en el primer caso y más fácil en el segundo. Y si se quiere ampliar, ocurre todo lo contrario.
5. ¿Qué opina sobre que el aborto esté consagrado en la nueva Constitución?
Teniendo en cuenta lo contestado en la pregunta anterior, a mi entender es una desventaja, pues hace más difícil restringirlo o prohibirlo en el futuro. Se reitera que pisamos un terreno tremendamente peligroso cuando no se le reconoce la calidad de persona y, por tanto, de sujeto de derechos, a todo miembro de la especie humana sin excepción, incluso al no nacido (que claramente pertenece a nuestra especie desde la concepción), y se hace depender esta calidad de lo que previamente diga la ley (que curiosamente, emana de otras personas). Ello, pues en el primer caso la calidad de persona es algo real y en el segundo no, sino una ficción. El problema es que, si la calidad de persona es una ficción, en el fondo nadie tendría realmente esta prerrogativa como algo propio e indisponible (a tal punto que ni siquiera uno mismo podría despojarse de su calidad de persona), con lo cual todos podríamos ser privados de dicho estatuto en cualquier momento.
6. ¿Cómo cree usted que influirá a la objeción de conciencia esta norma en caso de aprobarse esta nueva Constitución?
Depende de lo que se regule respecto del aborto. Mientras más fuerte sea la liberalización del mismo, más débil se torna la objeción de conciencia y viceversa. A mi entender, siempre debiera existir la posibilidad de objetar, pues no se puede obligar a nadie a ir de manera tan grave y radical contra sus principios fundamentales, como el respeto de la vida inocente del no nacido. Además, la interesada puede acudir a otros facultativos de la salud que no tengan este problema.
7. ¿Usted siente que esta norma afectará el concepto de familia que se tiene hoy en la sociedad chilena?
Toda norma tiene efectos sobre una sociedad, a menos que esa norma no se aplique en absoluto. Evidentemente, tendrá efectos, no solo en lo que respecta a la familia, sino, sobre todo, en la autopercepción de nosotros mismos como seres humanos, es decir, sobre la noción y requisitos que se considere debe cumplir una persona para ser reconocida como tal. En el fondo, nos coloca ante esta disyuntiva: ¿somos todos los seres humanos, independientemente a nuestras circunstancias o condiciones, personas y, por tanto, titulares de derechos, o solo lo son aquellos seres humanos que cumplan con ciertos requisitos, como nacer, por ejemplo?
8. ¿Legalizar el aborto no conduciría a un aumento de los abortos en Chile?
Obviamente, debido a la influencia que una ley produce en una sociedad. Es muy distinto que una conducta se encuentre prohibida, a que se encuentre exenta de esta prohibición en algunos casos (como en la actual ley de las tres causales) o, por último, que sea permitida, incluso considerada como un derecho. Ello, pues mucha gente pensará que si lo permite la ley, ello indica que es una conducta lícita, pues la relación entre el derecho y la moral resulta incuestionable: si el derecho permite algo, es porque lo considera previamente bueno, y viceversa. De alguna manera, muchas normas jurídicas se inspiran en percepciones morales y las protegen –o restringen– especialmente gracias al poder coactivo del Estado. Además, en todos los países en que se ha abierto la puerta a la legalización del aborto, este ha aumentado año tras año.
9. ¿Cree que con esta norma las personas ven ampliada su libertad?
Si por libertad se entiende hacer lo que cada uno quiera, sí. El problema es que la libertad debe tener límites, y uno que suele señalarse muy a menudo, es la libertad de los demás. De ahí que en mi opinión, debiera respetarse la libertad del no nacido para seguir viviendo. Es indiferente si ese ser se da cuenta o no de esta libertad, pues lo mismo ocurre con un demente o con un niño pequeño: que tiene la libertad y el Derecho a Vivir, aunque no sea consciente de ello. Por tanto, esta supuesta ampliación de libertad se trata a mi entender, de una libertad mal entendida, pues está negando la existencia del “otro”. Si el respeto a la vida del “otro” dependiera del libre y arbitrario reconocimiento de la existencia de ese “otro” por quien está obligado a respetarlo, no estamos en realidad en presencia de un verdadero derecho, sino de una mera concesión revocable a voluntad por el supuesto obligado a respetarla.
10. ¿En su opinión cree que es necesario regular el aborto en la nueva Constitución para así avanzar como sociedad?
No considero que el aborto sea un avance para una sociedad, sino todo lo contrario. El aborto ha sido el causante del mayor genocidio de toda la historia humana, pues se calcula que al menos mil millones de niños han sido muertos por esta vía desde que comenzó su legalización hace ya 50 años en Occidente. Esto supera con creces las matanzas del comunismo o del nazismo durante el siglo XX. Además, ha influido, junto a varios otros factores, en el paulatino pero rápido envejecimiento de la población en casi todos los países occidentales, lo que está trayendo y traerá varios problemas de todo tipo para nuestras sociedades, partiendo por los económicos.
11. ¿Cuál es la situación de la penalización del aborto en el mundo? ¿Cuántos países hay en el mundo que tipifican el aborto como delito?
No tengo el dato de cuántos países penalizan el aborto en el mundo, pero la mayoría que lo hace, contempla varias causales en que no se sanciona esta práctica, como ocurre por lo demás, en nuestro caso en la actualidad. En realidad, lo que está ocurriendo es lo contrario: cada vez más y más países van permitiendo el aborto en mayor medida. Es por eso que hace ya varias décadas, alguien señalaba que el lugar más peligroso para vivir en la actualidad, es el vientre materno. Con todo, un dato que conviene aclarar, es que ningún tratado de Derecho Internacional consagra un “derecho” al aborto. La promoción del mismo se debe, además de una agenda política, fundamentalmente a que los organismos guardianes que tutelan el cumplimiento de los tratados de derechos humanos (cortes y comisiones internacionales), en los hechos han terminado monopolizando la interpretación de los mismos, incorporando por esta vía, aspectos que no han sido acordados originalmente por los Estados al suscribirlos –lo que a mi juicio resulta más que cuestionable–, siendo el aborto un buen ejemplo de ello. Donde sí se consagra abundantemente el aborto a nivel internacional es en documentos no vinculantes, el llamado soft law, que como se ha dicho, no obligan a los Estados.
Partiendo con la definición de aborto, que es la interrupción del embarazo, definido en el código sanitario, una vida viable es cuando el cigoto se ha adherido al endometrio, por tanto antes de eso es solo anticoncepción y estoy de acuerdo en las tres causales siempre y cuando la madre no se oponga, respecto a promover o legislar sobre el aborto libre, no estoy de acuerdo, solo en algún caso excepcional no tipificado que pudiera general alguna jurisprudencia respecto del caso en específico.
todas las propuestas de una nueva constirucion si 1 no me representa seguire rechazando sobre todo el tema del aborto . la bulneravilidas de los niños . la educacion .. la salud y más. rechazo total .