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Imagen: Superintendencia de Medio Ambiente
Región de los Lagos.

Municipalidad de Ancud es condenada al pago de una multa de $187 millones por irregularidades en relleno Sanitario.

El relleno sanitario se había habilitado tras una emergencia sanitaria.

20 de abril de 2023

La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) multó a la Municipalidad de Ancud con más de $187 millones de pesos, por transgredir la norma ambiental en la gestión de un relleno sanitario.

El “Relleno Sanitario Puntra” se implementó el año 2019 como respuesta a la emergencia sanitaria declarada por el cierre anticipado del vertedero municipal de Ancud. Se autorizó extraordinariamente su funcionamiento para la gestión de residuos, advirtiéndose por la autoridad sanitaria, que debía cumplir igualmente con la normativa medioambiental.

La SMA recibió diversas denuncias de vecinos por los malos olores y la filtración de líquidos percolados a cauces de agua, realizando diversas fiscalizaciones, decretando en cuatro oportunidades medidas procedimentales para detener la extensión y la limpieza de residuos, las que no fueron cumplidas por la Municipalidad.

El incumplimiento derivó en un proceso administrativo sancionador por tres cargos graves: operar un relleno sanitario sin contar con la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA), no retirar las aguas mezcladas con residuos para disponerlas en un lugar autorizado, e incumplir el requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Superintendencia concluye sancionando la conducta de la Municipalidad por haber generado “riesgo para la salud de las personas ocasionados por el manejo deficiente de la operación del relleno sanitario, en particular respecto de las emisiones odoríficas, donde se dio cuenta de la existencia de un riesgo al menos a los tres receptores ubicados de manera más cercana al relleno”.

La multó con 250 UTA, equivalentes a más de $187 millones de pesos.

La resolución sancionatoria de la SMA puede ser impugnada por el municipio mediante un recurso de reposición ante la propia Superintendencia en un plazo de cinco días hábiles, o interponer un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental de Valdivia en un plazo de quince días hábiles.

 

Vea texto de la Resolución Exenta N°625/ ROL D-122-2021 de la SMA.

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