La Corte de Valdivia rechazó el recurso de apelación presentado por Entel PCS Telecomunicaciones SA en contra de la sentencia que le ordenó respetar el precio de venta de celulares ofrecidos, en diciembre del año pasado, en la página web de la querellada con un 66% de descuento del valor original y que, posteriormente, la empresa reversó unilateralmente.
Así, el fallo CONFIRMA la sentencia definitiva apelada.
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La resolución de primera instancia ratificada estableció que, el artículo 12 de la ley 19.946 prescribe que todo proveedor de bienes o servicios estará obligado a respetar los términos, condiciones y modalidades conforme a las cuales se hubiere ofrecido o convenido con el consumidor la entrega del bien o prestación del servicio, disposición que a todas luces fue incumplida por la querellada.
Vea sentencia Corte de Valdivia Rol Nº83-2023 y primera instancia Rol Nº482-2023.