Se solicitó un pronunciamiento al Contralor General de la República por parte de una funcionaria del Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda que reclamó en contra de la medida disciplinaria de censura y denunció una serie de hechos que califica de acoso laboral. En su informe, el hospital aclaró que efectuó una nueva calificación de la sanción, ordenando la instrucción de un proceso disciplinario. Así, del resultado del mismo, no se interpuso recurso de apelación. En su dictamen, el órgano de control verificó tales circunstancias, destacando que se declaró la legalidad del sumario administrativo que le sirvió de fundamento, y al no aportar nuevos antecedentes, se desestima la petición en relación a la sanción impuesta, “no obstante ser la denunciante de ese proceso”. En cuanto al acoso laboral, enfatizó en que “la autoridad ordenó la instrucción de un sumario administrativo”, y al ser “un proceso pendiente”, se abstiene de emitir el pronunciamiento. Por último, respecto a la asignación que le correspondería conforme al artículo 1° de la ley N° 19.490, recordó que “careció del derecho al beneficio”, desde que “los funcionarios que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias contempladas en el artículo 121 de la ley N° 18.834 serán excluidos del entero del referido estipendio desde la aplicación de aquélla y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo”.
Vea texto íntegro del dictamen N° 35081.
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