A un día de aprobar o rechazar una nueva propuesta de Constitución, conviene mencionar algunos aspectos en materia tributaria. Cabe destacar que el numeral 31, que se refiere a los tributos, reitera conceptos ya consagrados en la Constitución actual.
Una novedad del proyecto consiste en permitir, en la determinación de los tributos, la deducción de los “gastos objetivos necesarios para la vida, cuidado o desarrollo de la persona y su familia”. Sin embargo, esta alternativa recuerda al artículo 31 de la Ley de la Renta que permite la rebaja de los gastos necesarios para producir la renta. En el texto, existe un intento de ampliar las posibilidades de rebaja para incluir gastos no vinculados con la generación de utilidades.
Es difícil entender el intento de constitucionalizar este tipo de política pública, pese a que muchos se han mostrado favorables a permitir mayores rebajas que las existentes. Se debería reconocer el esfuerzo que ya hacen las familias en vivienda, educación y salud. Además, determinar qué gasto es “objetivamente necesario” generará más de un dolor de cabeza al legislador y a los tribunales. Por esta razón, resulta imposible establecer si habría rebajas mayores en el futuro.
Existen más elementos relacionados a los tributos que vale la pena estudiar antes de votar. La tarea será difícil, pues es un texto con mucho detalle en algunas materias. Sin embargo, es necesario hacerlo, al tratarse de un tema de mucha relevancia para todos.
Gonzalo Polanco
Director Centro de Estudios Tributarios
Facultad de Economía y Negocios
Universidad de Chile