Alessandri
Exigencias para acreditar la idoneidad para el desempeño de funciones, por Francisca Donoso.
Las personas que desempeñen funciones definidas para las entidades deben contar con la idoneidad y conocimientos requeridos por ley.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) dictó la Norma de Carácter General N° 503 (NCG) que establece exigencias para acreditar la idoneidad para el desempeño de funciones de los corredores de bolsa, agentes de valores, corredores de bolsa de productos, administradoras generales de fondos, agentes comercializadores de cuotas de fondos, administradoras de carteras inscritas en el Registro de Administradores de Carteras que lleva esta Comisión y quienes presten el servicio de asesoría de inversión, en adelante, “las entidades”.
NCG 503: establece exigencias para acreditar la idoneidad para el desempeño de funciones
Exigencias de idoneidad
– Las personas que desempeñen funciones definidas para las entidades deben contar con la idoneidad y conocimientos requeridos por ley.
– Las bolsas de valores o un ente sin fines de lucro deben establecer un mecanismo de acreditación, con gobierno corporativo equitativo.
– Al mecanismo de acreditación le corresponderá, entre otras funciones; la definición categorías funcionales particulares que deben ser aprobadas en el examen de acreditación, creación, mantención y administración de un banco de preguntas y respuestas; administración del proceso de toma de exámenes; y la administración del proceso de diseño, elaboración e implementación de un programa de formación continua.
– Se prevé una excepción temporal para personas con supervisión o experiencia significativa.
– El mecanismo debe aprobar exámenes iniciales y programas de capacitación continua, con foco en normas éticas y técnicas.
– Se contempla la sustitución del examen por acreditaciones internacionales de calidad.
– Se exige un registro público actualizado de personas acreditadas.
Otras disposiciones
– Si las funciones son definidas por algoritmos, se requiere una persona acreditada para verificar su adecuado funcionamiento.
Derogación
Se deroga la Norma de Carácter General N°412.
Para acceder al texto de la NCG publicada acceda aquí.
A fin de obtener más información respecto de la NCG, puede contactar a Felipe Cousiño Prieto (fcousiñ[email protected]) o a Francisca Donoso Fernández ([email protected])