La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Temuco, que acogió el recurso de protección interpuesto por un académico en contra de la Universidad de Los Lagos, por imponer más requisitos que los establecidos para acceder a la jerarquización docente.
La causa versa sobre un profesor que al postular al puesto de “Profesor asociado B”, le fue exigido por la recurrida cumplir la totalidad de los cinco requisitos establecidos en el reglamento respectivo, en circunstancias que dicha normativa sólo establece que, para postular a dicha jerarquización, únicamente se debe acreditar el cumplimiento de al menos tres requisitos.
Esta aplicación taxativa del reglamento para la postulación del actor fue considera como arbitraria y contraria a la igualdad ante la ley, debido a que a otros postulantes no se les exigió el cumplimiento de todos los requisitos, lo que evidenció un sesgo discriminador y arbitrario en la casa de estudios.
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De esta forma, la Corte de Temuco dio la razón al docente, y en el fallo de primer grado hizo lugar al recurso de protección, luego de razonar que, “(…) de los antecedentes que se han tenido a la vista, se desprende que para optar a la Jerarquización de Profesor Titular B, se deberá acreditar a lo menos tres de los antecedentes académicos establecidos en el artículo 21°, y que el recurrente ya cumple, pues ha sido jerarquizado como Profesor Asociado B. Por otra parte, no es una exigencia cumplir con todos los requisitos del artículo citado previamente para optar a dicha jerarquización como lo ha sostenido la recurrida”.
La decisión fue confirmada sin más por la Corte Suprema en alzada; por lo tanto, quedó a firme la orden de dejar sin efecto el rechazo a la jerarquización, y la Universidad de Los Lagos debe proseguir con la revisión de los antecedentes para la promoción que postula el académico.
Vea sentencias Corte Suprema Rol Nº7.008-2024 y Corte de Temuco Rol Nº13.575-2023.