Cabe preguntarse si antes de reconocerlo en la Constitución Política como un «derecho prestacional» con cargo, naturalmente, a recursos públicos, como algunos juristas pretenden, se aborda, previamente, si tal noción no es otra que la necesidad de políticas públicas coordinadas y financiadas que resuelvan, en definitiva, los problemas clásicos del ser humano, derecho a la salud, al trabajo, educación, entre otros. Trasladar esta idea a un «derecho de autónomo» cuyo contenido es amplísimo e imposible de garantizar en forma inmediata, no resolverá nada, salvo abrir la puerta para más incertezas y demandas a las arcas fiscales, en un contexto de recesión y baja productividad.
Antes de reconocer un derecho sin bordes claros, resulta necesario evaluar la calidad de los programas sociales que cristalizan las políticas públicas y definir cuántos de ellos son ejecutados en forma eficiente. En este sentido cobra relevancia atender al informe de Resultados de Evaluaciones 2022, a cargo de la Dirección de Prespuestos (DIPRES)[1] que identifica programas con mal desempeño. En el mismo sentido, se encuentra el estudio realizado por la Fundación Observatorio Fiscal.[2] Determinar cuánto y en qué se destinan los recursos podría orientar la aprobación y ejecución de programas sociales específicos que busquen proteger concretamente, por ejemplo, la lactancia materna, la protección de personas adultas mayores, entre otros.
Francisco Contreras Arce
[1] DIPRES. 2022. informe de Resultados de Evaluaciones 2022. Disponible en: https://www.dipres.gob.cl/598/articles-285497_doc1_pdf.pdf
[2] Fundación Observatorio Fiscal. 2019. ¿Quién se preocupa por el Gasto Fiscal) Evaluación del gasto. Disponible en: https://observatoriofiscal.cl/archivos/documento/Reportaje_Evaluacion_Gasto_2019.pdf