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Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas Universidad de Chile
Mensaje.

Proyecto de ley busca que las elecciones municipales y regionales de 2024 se realicen en dos días.

Las elecciones municipales y regionales de octubre del año 2024 enfrentan nuevos desafíos. Por primera vez desde el retorno a la democracia, se efectuará una elección con voto obligatorio en que, simultáneamente, participarán candidaturas para cuatro cargos de representación popular: gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales.

19 de abril de 2024

El Presidente de la República, Gabriel Boric, ingresó al Senado, un proyecto de ley que modifica la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, la ley N° 19.884, Orgánica Constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y la ley N° 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, para perfeccionar el sistema electoral y realizar las elecciones municipales y regionales del año 2024 en dos días.

La iniciativa lleva la firma del Ministro Secretario General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, de la Ministra de Secretaria General de Gobierno, Camila Vallejo, y de la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara.

En la exposición de motivos el Mensaje señala que, las elecciones municipales y regionales de octubre del año 2024 enfrentan nuevos desafíos, debido a que, por primera vez desde el retorno a la democracia, se efectuará una elección con voto obligatorio en que, simultáneamente, participarán candidaturas de cuatro cargos de representación popular: gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales.

El único caso en nuestra historia reciente en que fueron electos simultáneamente cuatro cargos de elección popular, agrega el Mensaje, se realizó bajo la vigencia del voto voluntario los días 15 y 16 de mayo del año 2021, en que fueron electos gobernadores regionales, alcaldes, concejales y convencionales constituyentes.

A continuación, la iniciativa pone de relieve una serie de desafíos que se presentan en esta elección; en primer lugar, según los datos del Servicio Electoral, se estima que el restablecimiento del voto obligatorio podría duplicar el número de electores que se presenten a sufragar en comparación con las últimas elecciones de 4 votos. Además, considerando las 16 regiones, 56 provincias y 346 municipios, el mismo Servicio estima que para estas elecciones se presentarán un aproximado de 20.000 candidaturas. En tercer lugar, a consecuencia del tamaño de las papeletas, el Servicio Electoral calcula que cada elector tardará un promedio de 5 minutos en ejercer su derecho a voto, por lo que, considerando que cada mesa electoral recibirá un promedio de 340 electores, el Servicio ha calculado que cada mesa necesitará de 14 horas 10 minutos para atender a todos los electores, lo anterior considerando una forma de trabajo continua, fluida y sin pausas.

En función de lo anterior, afirma el Mensaje que, para las elecciones de octubre del año 2024, no son suficientes las nueve horas que, en promedio, funciona una mesa receptora de sufragios en un día de elección o plebiscito. De no enmendarse esta situación, el Servicio Electoral prevé que el día de las elecciones podrían presentarse filas extensas y largas esperas entre las y los electores, lo que dificultaría el ejercicio del derecho a sufragio. Además, esto ralentizaría los procesos posteriores al acto eleccionario, como la publicación de los resultados preliminares, cuya rapidez y eficiencia han sido destacados como uno de los sellos de nuestra institucionalidad electoral.

Como solución a esta situación, proponen que las próximas elecciones municipales y regionales se realicen en dos días. Además, para que la incorporación de un día adicional de elecciones no impacte negativamente a la sociedad, se considera necesario incorporar algunas medidas, tales como, la precisión del feriado irrenunciable únicamente para el día domingo y la supresión de la prohibición de venta de alcohol el día de las elecciones o plebiscitos, entre otras.

Conjuntamente, se proponen una serie de modificaciones necesarias para perfeccionar el sistema electoral, de manera de facilitar las condiciones en que la ciudadanía ejercerá su derecho a sufragio.

En particular, se regula transitoriamente el voto obligatorio en tanto no se apruebe una ley que lo regule, se perfecciona el proceso de declaración de gastos de las y los candidatos, se introduce una regulación sobre las redes sociales en el marco de la propaganda electoral y se modifica el proceso de designación de vocales de mesa.

Por otro lado, se plantean una serie de cambios para la simplificación del proceso de declaración de candidaturas, la precisión del plazo para formalizar los pactos electorales, la reducción de costos en las publicaciones del Servicio Electoral, el aumento de inmuebles disponibles para ser locales de votación, las facilidades para el acto eleccionario y la adecuación de los recursos que se entregan a los partidos políticos y a las y los candidatos.

En cuanto a las redes sociales y plataformas digitales, se las incorpora dentro de la definición de la propaganda electoral, extendiéndoles el deber de no discriminar en el cobro de tarifas entre las distintas candidaturas o proposiciones. Asimismo, se establece el deber de remitir al Servicio Electoral los contratos que se hayan suscrito con dichas redes o plataformas.

También, entre otras enmiendas, se modifica el proceso de designación de vocales, específicamente, se introduce el uso de sistemas computacionales; se modifica el cómputo del periodo en que los electores deben ejercer dicha función, pasando de cuatro años a dos procesos electorales generales; y, se establece que las y los electores que cumplan las funciones de vocales no podrán ser nuevamente designados por un período de ocho años contados desde el segundo proceso electoral en que ejercieron como vocal

El proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional radicado para su estudio en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y en la Comisión de Hacienda del Senado.

 

Vea texto del Mensaje en Boletín N° 16.729-06 y siga su tramitación aquí.

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