Reunido el tribunal plano de la Corte Suprema modificó el auto acordado sobre la forma de conocimiento del recurso de apelación de los recursos de amparo ante el máximo Tribunal.
El Pleno de ministros estableció que “en las apelaciones de los recursos de amparo, una vez recibidos los autos en la Secretaría de la Corte Suprema, el Presidente del Tribunal ordenará dar cuenta preferente del recurso en la Segunda Sala, la cual si lo estima conveniente, se le solicita con fundamento plausible y especialmente cuando se le pide de común acuerdo por recurrente, recurrido y quienes hayan sido considerados como partes en el procedimiento, podrá ordenar que sea resuelto previa vista de la causa, disponiendo traer los autos en relación, evento en el cual el recurso se agregará extraordinariamente a la tabla”.
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Auto acordado que regirá desde la fecha de publicación en el Diario Oficial.