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Imagen: maimonides.edu
Sentencia fue notificada.

Corte IDH condenó al Estado argentino por la falta de verdad y justicia en el caso AMIA.

La Corte condenó al Estado argentino por haber privado de verdad histórica y de justicia a las víctimas y a toda la sociedad. «A casi treinta años del atentado, continúa sin conocerse la verdad de lo sucedido y no ha habido sanción para los responsables del atentado ni para los responsables de su encubrimiento. De esta forma, ha sido la propia actuación estatal la que ha impedido a las víctimas y a sus familiares conocer la verdad de los hechos a través de la investigación y el proceso penal», afirmó la Corte.

20 de junio de 2024

El 18 de julio se cumplirán treinta años del atentado contra la AMIA cuando a las 9.53 am volaron la sede de la mutual judía que causó 85 víctimas mortales.

A partir de la denuncia presentada en 1999 por la agrupación de familiares de víctimas Memoria Activa, la Corte IDH notificó el viernes pasado la sentencia de fecha 26 de enero de 2024 a Argentina.

Por esta condena al Estado argentino por haber privado de verdad histórica y de justicia a las víctimas y a toda la sociedad. Asimismo, ordena reformas estructurales sobre el uso de la información de inteligencia en las causas judiciales y sobre el acceso a la documentación.

El fallo señala que “Continúa sin conocerse la verdad de lo sucedido y no ha habido sanción para los responsables del atentado ni para los responsables de su encubrimiento. De esta forma, ha sido la propia actuación estatal la que ha impedido a las víctimas y a sus familiares conocer la verdad de los hechos a través de la investigación y el proceso penal”.

La Corte condenó al Estado argentino por su responsabilidad en todas las violaciones alegadas por Memoria Activa: la violación del derecho a la vida por la falta de prevención del atentado, por no investigar debidamente ni el atentado ni el encubrimiento, por violar el derecho a la verdad histórica y el derecho a la información, y por sus responsabilidades en el encubrimiento.

Además, ordenó que el Estado argentino remueva todos los obstáculos para investigar el atentado y el encubrimiento en un plazo razonable. “Las autoridades estatales no se pueden amparar en mecanismos como el secreto de Estado o la confidencialidad de la información, o en razones de interés público o seguridad nacional, para dejar de aportar la información requerida por las autoridades judiciales o administrativas encargadas de la investigación o procesos pendientes”, señala el fallo.

Asimismo, la Corte le exige al Estado argentino que se regulen los procesos de desclasificación, se garantice el pleno acceso de las víctimas a la información ya desclasificada, que deberá ser conservada de manera adecuada de modo que se permita la consulta de toda la sociedad.

 

Vea sentencia Corte IDH. Caso Asociación Civil Memoria Activa Vs. Argentina, de 26 enero 2024, Serie C No. 516,

y texto de comunicado.

 

 

 

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