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Moción.

Corte Suprema emite informe sobre proyecto de ley que modifica imposición de la incomunicación a reclusos.

El proyecto de ley busca modificar al Código Penal y Código Procesal Penal para el establecimiento de un régimen carcelario agravado que establezca la incomunicación total y parcial respecto de quienes sean formalizados y dejados en prisión preventiva o de quienes sean condenados, en ambos casos, por los delitos que la moción indica y que considera de gravedad.

29 de junio de 2024

Proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales para contemplar la imposición de la medida de incomunicación, en las condiciones que señala, tratándose de imputados o condenados por los delitos que indica”, fue informado por la Corte Suprema.

La iniciativa, remitida por el presidente del Senado y su secretario general, José García Ruminot Correa y Raúl Guzmán Uribe, respectivamente, correspondiente al Boletín Nº16.828-07, se inició por moción, ingresada al Senado con fecha 08 de mayo del año en curso. Dicha iniciativa legal se encuentra en primer trámite constitucional, sin urgencia para su tramitación.

El proyecto de ley busca modificar al Código Penal y Código Procesal Penal para el establecimiento de un régimen carcelario agravado que establezca la incomunicación total y parcial respecto de quienes sean formalizados y dejados en prisión preventiva o de quienes sean condenados, en ambos casos, por los delitos que la moción indica y que considera de gravedad. La iniciativa legal obedece a una respuesta contra la organización criminal y los delitos violentos cada vez más insurgentes en el contexto social.

Para el pleno de ministros, sin perjuicio que los esfuerzos legislativos, resultan destacables desde que denotan una preocupación por brindar protección a la vida nacional, la moción requiere ser revisada desde diversas ópticas, las cuales convergen en el punto en común de adoptar una política de estado penitenciaria coherente y respetuosa de las garantías fundamentales de las personas privadas de libertad.

Advierte que, se hace imperativo la reflexión acerca de la proporcionalidad en la intensificación a un régimen de incomunicación total, el cual puede resultar lesivo del derecho a la integridad psíquica de aquellos privados de libertad, el aumento en la duración de la prohibición de las comunicaciones y la compatibilización de las medidas con el objetivo de reinserción social presente en la política al interior de los establecimientos penitenciarios.

Finalmente, concluye que, la iniciativa merece ser revisada desde que pretende aplicar la pena accesoria de incomunicación de forma ex post en sede de cumplimiento de la pena principal, aspecto que no guarda relación con el diseño procesal vigente.

 

Vea informe Corte Suprema Oficio N°206-2024, y tramitación proyecto Boletín Nº16.828-07.

 

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