Se dedujo recurso de apelación, por la parte reclamante, respecto de una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que, fallando un reclamo de ilegalidad en contra de una resolución de la Municipalidad de Algarrobo, rechazó dicho arbitrio procesal. El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso procesal señalando que “la Corte Suprema es por naturaleza un tribunal de casación y sólo excepcionalmente, en los casos previstos por la ley, tiene competencia para conocer recursos de apelación, según se desprende con toda claridad de los artículos 96 y 98 del Código Orgánico de Tribunales, y la resolución a cuyo respecto en la especie se ha deducido la apelación no se encuentra en la situación excepcional referida”. Agrega el fallo que “de lo dicho se desprende que para que proceda el recurso de apelación ante la Corte Suprema en contra de una resolución de una Corte de Apelaciones recaída en un procedimiento de reclamo de ilegalidad municipal tendría que haberse contemplado expresamente ese arbitrio de impugnación en la normativa legal correspondiente, lo que no ocurre”.
Ver texto íntegro de la sentencia.
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