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Conducta incompatible con el cargo.

Formalización de defensor público que ofreció sus servicios de abogado particular al imputado que debía representar, se confirma por un tribunal argentino.

Frases como «Somos un bufete de abogados especializados en Derecho Penal», son incompatibles con la naturaleza de una Defensoría Oficial y tienen una connotación vinculada claramente con un estudio jurídico privado, que por su naturaleza se exhibe oneroso.

16 de agosto de 2024

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (Argentina) desestimó el recurso de apelación interpuesto por un defensor público que fue formalizado por ofrecer servicios jurídicos particulares a un imputado. Confirmó su procesamiento por el delito de utilización de datos e información de carácter reservado al estimar que actuó con un ánimo de lucro en forma indebida, al ofrecer onerosamente un servicio de naturaleza gratuita.

Según los hechos narrados, el letrado contactó al imputado vía WhatsApp para notificarle una audiencia. En este contexto, le ofreció sus servicios jurídicos particulares, ocultando su calidad de defensor público. De este modo omitió informarle que contaba con asistencia jurídica gratuita. Además, el número que utilizó para comunicarse estaba vinculado a un “bufete de abogados especializados en Derecho Penal”.

Por lo anterior fue formalizado en sede judicial, decisión que apeló en segunda instancia. En su recurso adujo que no podía generar una cuenta oficial de la defensoría porque no tenía facultades para ello; y que no había restricciones para que utilizara su línea personal u otras paralelas para contactarse con los patrocinados. Agregó que en ningún momento le requirió dinero al imputado y que de las comunicaciones no se desprendía la prestación de un servicio pago.

En su análisis de fondo, la Cámara observa que, “(…) al cotejar la prueba en su conjunto, emerge con claridad que no se trataron de simples errores. La utilización de terminología propia del ámbito privado, tanto en la descripción de la cuenta de Instagram como en los mensajes automatizados de la de WhatsApp empresarial con la que se comunicó con el imputado, carece de justificación en las tareas que desempeñaba el defensor”.

Agrega que, “(…) frases como «Somos un bufete de abogados especializados en Derecho Penal», son incompatibles con la naturaleza de una Defensoría Oficial y tienen una connotación vinculada claramente con un estudio jurídico privado, que por su naturaleza se exhibe oneroso. Además, no hay ninguna justificación para que los mensajes de la cuenta empresarial de WhatsApp que creara no contuvieran referencia alguna a que el mandato que habilitaba esa comunicación residía en su condición de empleado de una Defensoría Oficial”.

La Cámara concluye que, “(…) no es plausible considerar un error que el defensor no haya respondido a la pregunta del imputado sobre los costos de los servicios. Esta omisión refuerza la conclusión de que el imputado buscaba ocultar la naturaleza pública y gratuita de los servicios de la Defensoría, en beneficio de una captación de clientes para una labor privada cuyos honorarios podía y pretendía percibir. Así, los elementos reunidos permiten conformar un cuadro de sospecha suficiente para avanzar a la etapa procesal siguiente”.

Al tenor de lo expuesto, la Cámara desestimó el recurso y confirmó el procesamiento del abogado defensor público.

Vea sentencia Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

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