Cartas al Director

Propinas.

Adolfo Paúl Latorre

24 de agosto de 2024


Según el artículo 64 del Código del Trabajo: “En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo”.

Se entiende que ese 10% es sobre el consumo; no sobre el consumo más el IVA, pues en tal caso se estaría pagando un 11,9 %.

En varias ocasiones, al efectuar el pago de productos para llevar tales como empanadas o comida china, la cajera me ha preguntado si deseo dejar propina.

Algunos restaurantes han eliminado las propinas (no está permitido dejarlas ni pedirlas). Hay personas que han propuesto incluirlas en los precios. En tal caso, dejarían de ser propinas.

A mi juicio, lo razonable es que las propinas sean dejadas de acuerdo con su real significado: “Agasajo que sobre el precio convenido y como muestra de satisfacción se da por algún servicio. Gratificación pequeña con que se recompensa un servicio eventual” (RAE).

Adolfo Paúl Latorre

Abogado

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  1. Muy interesante su observación en relación a la inclusión del IVA aumentando el monto de la propina. O lo hacemos sobre el neto o nos dan boleta aparte por ella, desglosando a su vez el IVA. Pero el fondo del tema propina es más profundo, ya que en muchos lugares es parte vital de la remuneración de ese personal. Eliminarla, incorporarla a los precios, pagarla aparte, … hay muchas opciones. Importante sería investigar desde cuando este honesto estimulo perdió su esencia, para saber como resolver algo que a pocos aflije y del que muchos depende.