La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la madre de una niña que publicó en redes sociales que un hombre era abusador de menores.
La actora, madre del hombre, expone que en el Ministerio Público existe una investigación por el presunto delito de abuso sexual en menores, y que a partir de ese hecho la recurrida procedió a publicar en redes sociales que su hijo era un abusador sexual de menores y degenerado, para lo cual dio a conocer los datos personales de ambos, tales como, cédula de identidad, domicilio y fotografías, y además, los amenazó en distintas ocasiones, en circunstancias que lo publicado es falso.
Aduce que, su hijo presenta un trastorno del espectro autista y un retraso mental leve a moderado, por lo que solicita que se ordene eliminar lo publicado y, en lo sucesivo se deje de amenazarlos.
La recurrida informó que, “(…) aquello es efectivo, debido a que su hija habría sufrido el delito atribuido al actor y que estaba cansada de que éste la insultara y se burlara por aquello; pero que la publicación en comento ya fue eliminada.”
La Corte de Rancagua rechazó la acción de protección. El fallo señala que, “(…) del informe evacuado por la recurrida, se observa que reconoce su conducta y la publicación realizada, añadiendo que eliminó aquélla, lo que no fue controvertido por la parte que acciona de protección.”
Noticia Relacionada
Teniendo presente entonces que la publicación que motivó la interposición del arbitrio constitucional fue retirada voluntariamente por la recurrida, la acción deducida, resuelve la Corte, “(…) ha perdido oportunidad en tanto el acto o conducta vulneratoria ha desaparecido, no existiendo medidas que se pudieren adoptar.”
En base a esas consideraciones, la Corte rechazó el recurso en contra de la madre de la niña.
Vea sentencia Corte de Rancagua Rol N°1272-2024.