El Tribunal Supremo de la India resolvió que el principio de «la libertad bajo fianza es la regla y la cárcel la excepción» es aplicable en casos que se enmarcan en la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales (PMLA), es decir, en casos de lavado de dinero. La decisión fue emitida por una sala del Tribunal compuesta por dos jueces, quienes otorgaron la libertad bajo fianza a un acusado en un caso relacionado con la adquisición de bienes a través de medios fraudulentos.
El caso en cuestión involucra a un hombre acusado de conspirar con otras personas para falsificar registros de tierras y realizar una serie de transacciones fraudulentas. Según la fiscalía, el acusado habría sido el beneficiario efectivo de una empresa que obtuvo una parte significativa de los ingresos derivados de dichas transacciones.
Fue detenido en 2023 en virtud de la PMLA, sumándose a una detención previa desde agosto de 2022 por otro caso. Sus solicitudes de libertad bajo fianza fueron denegadas en primera instancia por un juez especial y, posteriormente, por el Tribunal Superior de Jharkhand, lo que motivó su apelación ante el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo, al conceder la libertad bajo fianza, revocó la decisión del Tribunal Superior de Jharkhand, tomando en consideración el prolongado tiempo de encarcelamiento del acusado y el lento progreso del proceso judicial, que involucra un gran número de testigos.
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El Tribunal, en su sentencia, subrayó que el artículo 45 de la PMLA, aunque impone condiciones estrictas para la concesión de la libertad bajo fianza, no altera el principio general de que la libertad bajo fianza es la regla. Dicho artículo establece que la libertad bajo fianza solo puede ser concedida si el fiscal ha tenido la oportunidad de oponerse y si el tribunal considera que existen motivos razonables para creer que el acusado no es culpable y es improbable que cometa un delito durante la libertad bajo fianza. Este artículo prevalece sobre las disposiciones generales del Código de Procedimiento Penal, lo que dificulta la obtención de la libertad bajo fianza por parte de los acusados.
Sin embargo, el Tribunal aclaró que las restricciones impuestas por el artículo 45 deben interpretarse en consonancia con el artículo 21 de la Constitución, que garantiza que ninguna persona será privada de su vida o libertad personal salvo mediante un procedimiento legalmente establecido. Este fallo reitera la necesidad de que las restricciones a la libertad bajo fianza sean evaluadas dentro del marco constitucional que protege la libertad personal.