El Tribunal Superior de Fukuoka (Japón) confirmó la constitucionalidad de la Ley de Nacionalidad Japonesa, que establece que los ciudadanos japoneses deben renunciar a su nacionalidad si adquieren la ciudadanía de otro país. Este fallo se dictó en una apelación al Tribunal de Distrito de Fukuoka, tras la impugnación presentada por un ciudadano que cuestionó la validez de dicha ley en relación con varios preceptos constitucionales.
La Ley de Nacionalidad Japonesa dispone en su artículo 11 que un ciudadano japonés pierde su nacionalidad si, por voluntad propia, adquiere una nacionalidad extranjera. El demandante adujo que esta disposición vulneraba el artículo 14 de la Constitución de Japón, que prohíbe la discriminación basada en el estatus social, así como el artículo 13, que garantiza el derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad. Según el actor, la privación de la nacionalidad afectaba la integridad personal y la identidad, así como la capacidad de mantener vínculos familiares y ejercer derechos cívicos.
Noticia Relacionada
CALL4, una plataforma de financiación colectiva para litigios de interés público en Japón, brindó apoyo legal a la demandante, subrayando que la pérdida de nacionalidad podría considerarse una violación del derecho fundamental a la identidad personal. No obstante, el tribunal consideró que la ley no implica una «privación arbitraria de la nacionalidad», ya que permite a los ciudadanos elegir su nacionalidad antes de adquirir otra.
El demandante también alegó que la aplicación de la ley tiene consecuencias sobre la vida familiar, al dificultar el contacto con familiares que residen en el extranjero. Adicionalmente, planteó que la pérdida de la nacionalidad japonesa sitúa a los afectados en una posición de desventaja legal, al impedirles ejercer derechos civiles, como el derecho al voto, que están reservados a los ciudadanos. El tribunal, sin embargo, determinó que la normativa es clara y que no vulnera los derechos constitucionales alegados.
El origen de la demanda se remonta a la naturalización del actor en Estados Unidos en 2004, después de residir en dicho país por un período prolongado. En 2017, se descubrió que poseía doble nacionalidad, lo que derivó en la pérdida automática de su nacionalidad japonesa, conforme a lo dispuesto en la referida ley. Posteriormente, en 2020, regresó a Japón de manera permanente e inició acciones legales para impugnar la constitucionalidad del artículo 11 de la Ley de Nacionalidad Japonesa.
Este fallo confirma la vigencia de la normativa, subrayando la facultad del Estado para regular las condiciones de adquisición y pérdida de la nacionalidad en su jurisdicción.