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Imagen: Amnistía
Opinión.

La violencia de género en su contexto social y económico, por Andrea F. Mac Donald.

La violencia en si misma puede manifestarse de diversos modos, ya sea a través de acciones o conductas y también por medio del lenguaje, pero las inacciones también pueden constituir violencia. La violencia puede ser de carácter ofensivo o defensivo (también se utilizan los conceptos de violencia proactiva y violencia reactiva), habilitando en este último caso figuras de justificación ética de la violencia, como la legítima defensa y el derecho de resistencia contra la opresión.

20 de octubre de 2024

I. INTRODUCCIÓN

La violencia de género es una problemática social, jurídica y económica y que la misma tiene como resultado el femicidio, vale decir la muerte de la víctima. Es por ello que abordaremos distintos aspectos sobre la presente temática, llegando a nuestras consideraciones finales.

II. NOCIÓN DE VIOLENCIA, ACOSO Y MALTRATO

La violencia es el acto efectivo de intervención, con intencionalidad voluntaria de causar daño, perjuicio o influencia en la conducta de otra persona o en otras personas, y a su vez en sus acciones potenciales. Ese mismo acto de intervención puede ser ejercido sobre la condición material del otro o sobre su psique.

La OMS define a la violencia como «el uso intencional de la fuerza física, amenazas contra uno mismo, otra persona, un grupo o una comunidad que tiene como consecuencia o es muy probable que tenga como consecuencia un traumatismo, daños psicológicos, problemas de desarrollo o la muerte» (1).

Ciertamente, la violencia se caracteriza por la intervención del Estado como institución monopolizadora de la violencia y se manifiesta como modalidad de una serie de conflictos sociales muy variados como por ejemplo la guerra, el genocidio, el crimen, el terrorismo de Estado, el terrorismo, la legítima defensa, la violencia de género, la violencia intrafamiliar, el Maltrato infantil, resistencia a la opresión, la esclavitud, las cárceles, los duelos y riñas, algunos deportes y artes marciales, la crueldad hacia los animales, etc.

No obstante, algunas sociedades humanas y comunidades ajenas a un estado-nación, como los pueblos originarios, o que se rigen por la figura de usos y costumbres, también sufren violencia por parte del o los Estados de maneras similares o particulares, aun cuando estas sociedades o pueblos no se autoperciben como parte de una nación.

La violencia en si misma puede manifestarse de diversos modos, ya sea a través de acciones o conductas y también por medio del lenguaje, pero las inacciones también pueden constituir violencia. La violencia puede ser de carácter ofensivo o defensivo (también se utilizan los conceptos de violencia proactiva y violencia reactiva), habilitando en este último caso figuras de justificación ética de la violencia, como la legítima defensa y el derecho de resistencia contra la opresión.

En cuanto al origen de la palabra violencia, deriva del adjetivo violens, -entis, que significaba «impetuoso», «furioso». En última instancia, el origen latino de la palabra es el sustantivo vis (fuerza, poder, potencia).

La violencia fue asociada desde tiempos muy remotos a la idea de la fuerza física y del poder. Los romanos llamaban vis a esa fuerza, al vigor que permite que la voluntad de uno se imponga sobre la de otro. Vis tempestatis se llama en latín a la «fuerza de una tempestad». En el Código de justiniano se habla de una «fuerza mayor, que no se puede resistir» (vis magna cui resisti non potest), el concepto jurídico de fuerza mayor.

Se ha considerado que la violencia es el uso inmoderado de la fuerza (física o psicológica) por parte del violento o agresor para lograr objetivos que van contra la voluntad del violentado o víctima. Pero la violencia puede proyectarse no solo contra personas, sino contra animales (crueldad hacia los animales), plantas, objetos artísticos o religiosos (iconoclastia) o no y entornos naturales o medioambientales (contaminación ambiental). Puede incitarse con diversos estímulos y puede manifestarse también de múltiples maneras asociada igualmente a los variados procedimientos de la humillación, la amenaza, el rechazo, el acoso o las agresiones verbales, emocionales, morales o físicas.

Uno de los aspectos de la violencia es que no necesariamente se trata de algo consumado y confirmado; la violencia puede manifestarse también como una amenaza latente, sostenida y constante en el tiempo, que causa, sin embargo, daños psicológicos severos en quienes la padecen, así como repercusiones negativas sobre la sociedad, dado que en definitiva la violencia posee también un componente social.

La violencia se asocia a los comportamientos deliberados, que provocan, o puede provocar, daños físicos o psicológicos a otros seres, y se asocia, aunque no necesariamente, con la agresión física, ya que también puede ser psicológica, o maltrato emocional, la represión política o la intolerancia religiosa a través de amenazas, ofensas o acciones. Algunas formas de violencia son sancionadas por la ley o por la sociedad; otras son crímenes. Y distintas sociedades aplican también diversos estándares de tolerancia y castigo en cuanto a las formas de violencia que son o no son aceptadas.

En cuanto al acoso seria cuando una persona hostiga, persigue o molesta a otra, está incurriendo en algún tipo de acoso. El verbo acosar refiere a una acción o una conducta que implica generar una incomodidad o disconformidad en el otro.

El acoso es un comportamiento agresivo y no deseado entre niños en edad escolar que involucra un desequilibrio de poder real o percibido. El comportamiento se repite o tiende a repetirse con el tiempo. Tanto los niños que son acosados como los que acosan pueden padecer problemas graves y duraderos.

Para que se lo considere acoso, el comportamiento debe ser agresivo e incluir:

1-Un desequilibrio de poder: los niños que acosan usan su poder (como la fuerza física, el acceso a información desagradable, o la popularidad) para controlar o dañar a otros. El desequilibrio de poder puede cambiar con el transcurso del tiempo y en diferentes situaciones, incluso si se involucra a las mismas personas.

2-Repetición: los comportamientos acosadores suceden más de una vez, o bien tienen el potencial de producirse más de una vez.

El acoso incluye acciones como amenazas, rumores, ataques físicos y verbales, y la exclusión de alguien de un grupo de manera intencional.

En cuanto a los tipos de acoso son los siguientes:

1-ACOSO VERBAL: El acoso verbal consiste en decir o escribir cosas desagradables. El acoso verbal incluye:

a-Burla

b-Insultos

c-Comentarios sexuales inapropiados

d-Burlas

e-Amenazar con causar daño

2-ACOSO SOCIAL: Es denominado como «acoso en relaciones», consiste en dañar la reputación o las relaciones de una persona. El acoso social incluye:

a-Dejar a una persona de lado a propósito

b-Decirles a otros niños que no deben ser amigos de una persona

c-Divulgar rumores acerca de una persona

d-Avergonzar a una persona en público

3-ACOSO FÍSICO: Es cuando se efectúan daños en el cuerpo o las posesiones de una persona. El acoso físico incluye:

a-Golpear

b-Hacer tropezar o empujar

c-Tomar o romper las cosas de otra persona

d-Hacer gestos desagradables o inadecuados con la mano

El acoso o bullying puede producirse durante el horario escolar o luego de éste. A pesar de que la mayoría de las situaciones de acoso que se denunciaron suceden en el edificio escolar, un gran porcentaje también transcurre en lugares como el patio o el autobús. También pueden producirse durante el viaje hacia o desde la escuela, en el barrio de los jóvenes o bien en Internet.

En cuanto a las formas de acoso son:

1-ABUSO FÍSICO: Se trata de acciones violentas cuyo fin es lastimar a las personas a través de empujones, golpes, gestos malintencionados, tropiezos, destrucción de los bienes de la víctima, entre otros aspectos. Además, en esta situación la integridad física de la víctima puede resultar gravemente afectada.

2-ABUSO VERBAL: En esta vertiente se engloban todas las acciones dichas o escritas con el fin de degradar a la víctima, por ejemplo, el acoso verbal se da a través de los insultos, las burlas, comentarios sexuales, amenazas, entre otros.

3-ACOSO PSICOLÓGICO: Es degradar a una persona hasta someterla y causar daños en la dignidad de la víctima. Acá se habla del maltrato psicológico a través de palabras hirientes, lo que conlleva a un abuso emocional. Esta forma de acoso se da a través del chantaje, la humillación, los gritos, las descalificaciones, etc.

Es importante resaltar que este no es un proceso que se dé en cuestión de días, pues para que una persona sufra daños emocionales, el abuso debe darse progresivamente, generalmente desde la niñez hasta la edad adulta. Este tipo de abuso lleva a que la víctima sufra depresión y piense en el suicidio constantemente.

4-CIBERACOSO: Es el uso de los medios de comunicación digitales para perseguir y hostigar a una o a un grupo de personas, a través de agresiones personales como lo son las amenazas, el hostigamiento, la humillación o cualquier otra clase de publicación de información íntima a través de medios de tecnologías telemáticas de comunicación, como la telefonía móvil, el internet, videos juegos en línea, las redes sociales entre otros. Esto puede provocar una infracción penal.

El ciberacoso involucra un perjuicio frecuente, repetitivo, procesado mediante los medios electrónicos. El acoso incita ansiedad emocional en las víctimas, desasosiego y no posee intención genuina para deliberación de comunicación.

En cuanto a las consecuencias del acoso son las siguientes: a-Actitudes pasivas.

b-Pérdida del interés en temas especiales para la víctima, bien sean los estudios, la música, salir, entre otros.

c-Depresión, baja autoestima, pensamientos suicidas y ansiedad.

d-Trastornos emocionales.

e-Trastornos fóbicos.

f-Problemas de tipo psicosomáticos.

g-Sentimiento masivo de culpabilidad.

h-Problemas familiares, sociales y afectivos.

i-Inactividad, reducción de la responsabilidad, ineficacia en diferentes acciones.

j-Manifestación de la ira.

k-Reducción en la satisfacción de reuniones familiares.

l-Rechazo a cualquier tipo de salidas, incluidas a las relacionadas con la escuela.

m-Alteraciones en la conducta relacionadas con el aislamiento social, timidez, soledad, intromisión, depresión.

n-Síndromes postraumáticos.

En cuanto a las políticas de prevención del acoso son las siguientes:

1- Los padres deben enseñar a los niños a tratar a los demás con respeto y amabilidad.

2-Mantener una constante y buena comunicación con los hijos.

3-La denuncia por acoso que se realiza en cualquier institución policial o, en el mayor de los casos, una demanda por acoso que se lleva a cabo en un tribunal.

4-Crear programas de apoyo a las víctimas, donde se brinde toda la ayuda necesaria, donde las víctimas no se sientan solos y a través de terapias y talleres logren levantar su autoestima, donde aprendan a defenderse y alzar la voz para que nadie más los acose ni abuse de ellos en ningún sentido.

5-Llevar a la víctima a un médico o un psicólogo, claro está con su previa autorización, para que pueda hablar del tema, sobre cómo se siente al respecto y buscar los mecanismos que ayuden a la víctima a tener un mejor estilo de vida.

6-Apoyo familiar, padres, amigos o pareja de la víctima, según sea el caso, deben apoyar en todo momento y antes de juzgar, aprender a escuchar.

7-No quedarse callado, hay que ir de inmediato con las autoridades para ponerle fin al agresor y hacer justicia. Nadie puede quedarse callado ante esta situación, indiferentemente que se trate de la víctima o las personas cercanas a ella.

Por último, el maltrato es la acción y efecto de maltratar (tratar mal a una persona, menoscabar, echar a perder). El concepto está vinculado a una forma de agresión en el marco de una relación entre dos o más personas.

Una de las modalidades del maltrato es el emocional o psicológico que se da en aquellas situaciones en las que los individuos significativos de quienes depende las personas lo descalifican, humillan, discriminan, someten su voluntad o lo subordinan en distintos aspectos de su existencia que inciden en su dignidad, autoestima e integridad psíquica y moral.

El maltrato emocional o psicológico se da en aquellas situaciones en las que sujetos significativos, para las personas maltratadas, lo hacen sentir mal, descalificado, humillado, discriminado, ignorando o menospreciando sus sentimientos, sometiendo su voluntad o subordinándolo en distintos aspectos de su existencia que inciden en su dignidad, autoestima o integridad psíquica y moral.

Cuando se establece una relación entre dos personas, sea esta horizontal o vertical donde una alguna tiene poder sobre la otra, empieza a existir una responsabilidad afectiva, donde se debe saber que cualquier acción adrede o no puede generar un maltrato emocional.

Ejemplos de maltrato emocional son la miseria afectiva, el abandono emocional, la falta de empatía, la descalificación, la violencia verbal, los insultos, las amenazas, el control excesivo, la extorsión afectiva, la culpabilización, la presión económica, los sarcasmos, la coerción, las críticas destructivas, el desprestigio de los vínculos del sujeto (descalificación de sus amistades, familiares o pareja), el aislamiento emocional, las burlas y cualquier tipo de castigo que no sea físico.

El maltrato emocional puede venir acompañado de maltrato físico o no, pero cuando existe maltrato físico siempre se combina con el maltrato emocional. Las consecuencias del maltrato pueden ser sentimientos de humillación, vergüenza o culpa, depresión, baja su autoestima, inestabilidad del sueño con pesadillas, automutilación, extrema dependencia afectiva, anorexia, bulimia y drogodependencia. Se puede llegar incluso a intentos de suicidio.

En el caso de los niños, el maltrato infantil se da porque los adultos significativos de los que depende el niño, es decir, sus padres o sus maestros o profesores o tutores, no establecen un vínculo positivo que estimule al niño y le proporcione bienestar emocional y psicológico. El niño maltratado padece descuido por parte de dichas figuras adultas quienes no lo protegen y no lo estimulan adecuadamente ni responden a sus necesidades afectivas y psíquicas. Las consecuencias pueden ser retraso madurativo, accidentes frecuentes, trastornos de aprendizaje, trastornos psicosomáticos y depresión.

Algunos síntomas del maltrato emocional en los niños pueden ser los tics, miedos, fobias, llantos excesivos, temores de salir o de ir a la casa o a la escuela, comerse las uñas, tartamudeo, falta de interés en la escuela o de curiosidad, abulia, excesiva pasividad o agresividad y negativismo.

El maltrato emocional puede darse tanto en la familia, violencia doméstica, como en la pareja, violencia de pareja, tanto en la escuela como en el trabajo. El maltrato a las personas mayores incluye comportamientos o actitudes que conllevan denigración o daño, aunque en ocasiones estos se muestran explícitos, la mayor parte de las veces son sutiles y en muchas ocasiones no intencionados.

A nivel de prueba, los malos tratos psicológicos son más difíciles de demostrar que los físicos, ya que muchas veces se esconden detrás de detalles del día a día, que hacen que la víctima no llegue a ser consciente de que está siendo maltratada.

Incluso es frecuente que el maltratador psicológico llegue a manipular a la víctima para que crea que todo es culpa suya o que está exagerando la situación o trate de convencer al resto para que así lo piensen.

En cuanto a los medios de prueba del maltrato, son:

1-El testimonio de la víctima: al ser delitos que suele darse en la intimidad, el relato de los hechos por el maltratado/a puede ser prueba de cargo de peso para fundamentar la condena, siempre que concurra una credibilidad subjetiva, verosimilitud del testimonio y persistencia en la incriminación.

2-Testigos presenciales o testigos de referencia: cualquier persona de su entorno, ya sean familiares, vecinos, amigos, personal de servicio que hayan presenciado los hechos o puedan tener conocimiento de ellos.

3-Prueba pericial: la valoración realizada por un especialista, como es el informe pericial, el informe forense, el informe médico, el informe psicológico, el informe social.

4-Prueba documental: fotos que evidencian, diligencias policiales, otras denuncias de la propia víctima o de terceros contra el agresor (incluso si estuvieran archivadas)

5-Reconocimiento total o parcial de los hechos por el agresor

6-Otros medios de prueba: como pueden ser grabaciones de voz o imagen, mensajes de texto, mensajes de WhatsApp o correos electrónicos.

III.LA VIOLENCIA Y LOS DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos, considerados como un conjunto de pautas éticas con proyección jurídica, surgen de la necesidad de todos los individuos de contar con las condiciones esenciales para una vida digna, y han sido producto de un largo proceso de construcción y cambio a lo largo de los dos últimos siglos. Aunque no se puede establecer una secuencia histórica lineal en la identificación de los derechos, sí se analizan los debates realizados en los organismos internacionales, de acuerdo a la historicidad con que ocurrieron. Se considera que los derechos civiles y políticos corresponden a la «primera generación»; los sociales, económicos y culturales, a la «segunda generación», y los derechos a la paz, al desarrollo y a un medio ambiente sano, a la «tercera generación», en tanto que la «cuarta generación» está representada por los derechos de los pueblos.

En los últimos años se ha ido desarrollando en este devenir una concepción de los derechos humanos que cuestiona la validez universal del androcentrismo y del modelo del hombre occidental. Como consecuencia de esto, se ha reconocido la necesidad de dar cuenta de las especificidades de los individuos, ya sean de género, de etnia, de edad o de cualquier otra índole. El reconocimiento de esta heterogeneidad no conduce a la fragmentación o atomización de la condición humana, sino que, por el contrario, contribuye a una real universalización de los individuos y de los derechos humanos, basada en el principio de la pluralidad y el respeto de las diferencias y de la diversidad.

En la actualidad, es importante analizar el tema de los derechos humanos y el de la violencia de género contra las mujeres desde una perspectiva que ofrezca posibilidades de cambios culturales, para lo cual hay que toma en consideración que estas temáticas se relacionan directamente con la distribución desigual del poder en las sociedades, por lo que se requieren profundas modificaciones en esta área. Asimismo, el cambio social que exige el respeto de los derechos de las mujeres debe situarlas en el centro de las transformaciones con sus diversas formas de pensar, sentir y actuar. Sus experiencias históricas y cotidianas se deben tomar en cuenta en la reformulación del contenido y significado de los derechos humanos, puesto que su definición y su práctica no deben separarse de la vida concreta de las personas.

Los procesos de democratización en América Latina luego de un periodo de sucesión de hechos que constituyeron la violación a los derechos humanos, proporcionan una base social más amplia hacia la sensibilización, la denuncia y la solidaridad frente a hechos aberrantes sufridos en el pasado.

Si bien las violaciones de los derechos humanos afectan tanto a hombres como mujeres, su impacto y su carácter varían de acuerdo con el sexo de la víctima. Además, la mayoría de las lesiones de los derechos de las mujeres y de las discriminaciones y abusos de los que son objeto se deben específicamente a su condición de mujer. A pesar que existen factores como la etnia, la clase social, la preferencia sexual, las discapacidades y las afiliaciones políticas y religiosas, que inciden en la victimización de la población femenina, en general toda agresión perpetrada contra una mujer tiene alguna característica que permite identificarla como violencia de género.

CAVIERES y SALINAS consideran que «la violación de los derechos de las mujeres y la violencia de género no son problemas nuevos; suponen conductas que hasta hace muy poco tiempo eran socialmente aceptadas y que, por estar circunscritas en general al ámbito de la vida privada, eran muy poco conocidas. No obstante, es evidente que el mestizaje en América Latina y el Carib e se funda en un paradigma basado en la violación de las mujeres indígenas. Por otra parte, estudios de carácter histórico realizados en algunos países revelan que la violencia física o ‘sevicia’ de los hombres contra sus esposas ya era un hecho conocido en los siglos XVIII y XIX y que la violencia se consideraba una ‘corrección punitiva’ aceptable en el caso de las mujeres que no cumplían con los mandatos sociales» (2).

Sin embargo, sí es reciente la preocupación por las mujeres que sufren agresiones físicas, sexuales y psicológicas en el medio familiar, laboral y educacional. Hoy en día se observan ciertos cambios en la percepción del problema, que responden al profundo cuestionamiento de la consustancialidad de la violencia a las relaciones de género, en tanto que la evaluación de la violencia como algo negativo, en cualquiera de sus expresiones en la vida social es cada vez más generalizada.

Bajo el concepto violencia de género, de acuerdo al espacio de relación y de ejercicio de poder en el cual ocurren los hechos, se consideran delitos las violaciones sexuales y el incesto, el asedio sexual en el trabajo y en las instituciones educacionales, la violencia sexual contra mujeres detenidas o presas, la violencia contra las mujeres desarraigadas y el tráfico de mujeres.

Sin embargo, en la región estas expresiones de violencia extrema no se han analizado ampliamente y, en general, no se realizan investigaciones específicas sobre el tema o bien se las ignora. El problema más conocido es la violencia de género que se produce en el ámbito doméstico y familiar; en el presente documento se le otorga particular atención, puesto que en torno a ella en los últimos años se han gestado experiencias institucionales importantes, se han introducido cambios sustanciales en las legislaciones y se han articulado acciones colectivas de las mujeres. Además, si bien se han logrado importantes progresos en la estimación de la prevalencia de la violencia doméstica, no se dispone de estadísticas oficiales que revelen la real dimensión de la violencia de género en la región en todas sus manifestaciones. Por este motivo, los datos que se presentan en este documento corresponden a investigaciones y documentos de organizaciones no gubernamentales y de organismos internacionales que han trabajado en el tema los últimos años.

También hay una gran variedad de acciones orientadas a prevenir la violencia y prestar atención y apoyo a las víctimas, pero en general éstas se realizan sin coordinación, con escasos recursos y con diferentes orientaciones. Tampoco existen diagnósticos ni criterios metodológicos compartidos, lo que impide contar con cifras comparables que sirvan de base para la planificación de políticas.

El seguimiento y la evaluación de los proyectos emprendidos, mediante procedimientos validados y que sean objeto de consenso, permitirá disponer de información más sistematizada y concluyente. La complejidad de las relaciones entre hombres y mujeres y sus causas y efectos, las distintas formas de discriminación, los estereotipos en que se reproducen y la violación a los derechos humanos de las mujeres no se reducen tan solo al problema de la violencia. Sin embargo, no se pueden analizar las diversas dimensiones de la inequidad social sin tomar en consideración este hecho como expresión dramática de la desigualdad y la asimetría de género.

Los derechos humanos implicaron la conquista de las libertades públicas, siendo el mejor invento del siglo XX, producto de la Segunda Guerra Mundial. Uno de los objetivos de las Naciones Unidas ha sido el estímulo y el respeto a los derechos humanos. Se distinguen los derechos humanos de primera, segunda y tercera generación; según MEDINA y Yuba (3) consideran que los derechos de primera generación son aquellos propios del constitucionalismo liberal que afianzan valores como la libertada, la propiedad y la seguridad y son sustancialmente derechos del individuo frente al Estado».

En tanto que los derechos de segunda generación son los propios del constitucionalismo social y surgen a partir del siglo XX con el objetivo de resolver la cuestión social; son los derechos reconocidos a los trabajadores y a los gremios a sus familias y se plantean en relación con el Estado (Constitucionalismo social en la Constitución Nacional de 1949).

Por último, los derechos de tercera generación aparecen luego de la Tercera Guerra Mundial y son sujetos de estos derechos las personas, los grupos y la sociedad toda. El valor predominante es el de la dignidad humana los cuales muchos fueron incluidos en la reforma de la Constitución Nacional de 1994.

IV. GÉNERO E IGUALDAD – DISCRIMINACIÓN E INCLUSIÓN – PATRONES SOCIOCULTURALES

La noción de discriminación está dada en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer ha sido dado por el decreto reglamentario en su art. 7 inciso a . «la discriminación contra las mujeres es cualquier tipo de desigualdad o impedimento que no permite a las mujeres por ser mujeres, desarrollarse plenamente dentro de la sociedad.

Ello significa que la discriminación en contra de las mujeres se da cuando no se les permite a medias, poner en práctica, los derechos que les corresponden como seres humanos. La igualdad de género significa que todas las oportunidades y derechos de las personas no dependan de su sexo. En este sentido, la equidad de género implica que todas las personas merecen un trato justo e igualitario teniendo en cuenta sus necesidades y que la equidad es una vía para alcanzar la igualdad plena. El género se refiere a los roles, comportamientos, actividades y atributos que una sociedad determinada en una época determinada considera apropiados para hombres y mujeres; El género determina que se espera, que se permite y que se valora en un hombre o en una mujer en un contexto definido. La Convención Internacional para Prevenir, sancionar y Erradicar la Violencia contra la mujer o Convención de Velen Do Para fue quien introdujo el concepto «genero» al definir la violencia contra la mujer, pero no lo define en sí mismo.

Los patrones socioculturales están reglamentados en el decreto reglamentario 1011/2010 donde dice «se consideran patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género, las practicas, costumbres y modelos de conductas sociales y culturales expresadas a través de normas, mensajes, discursos, símbolos imágenes o cualquier otro medio de expresión que aliente la violencia contra las mujeres y que tienda a:

1-Perpetuar la idea de inferioridad o superioridad de uno de los géneros.

2-Promover y mantener funciones esteriotipadas asignadas a varones y mujeres tanto es lo relativo a áreas productivas como reproductivas.

3-Desvalorizar o sobrevalorar las áreas desarrolladas mayoritariamente por alguno de los géneros.

4-Utilizar imágenes desvalorizadas de las mujeres o con carácter vejatorio o discriminatorio.

5-Referirse a las mujeres como objetos».

Para eliminar los patrones socioculturales promuevan y sostengan la desigualdad de género es necesario un proceso de cambio que signifique entender y explicar las prácticas sociales y culturales con otra perspectiva más inclusiva, más justa y más tolerante en esta sociedad.

La perspectiva de género es una de las herramientas esenciales para la remoción de patrones socioculturales promuevan y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres. La perspectiva de género constituye una pauta de análisis y es un principio rector que tiende a la igualdad de las personas, debiendo aplicarse en todo ámbito de actuación de todos los poderes del Estado. El Consejo de derechos Humanos de las Naciones Unidas contempla determinadas pautas que son las siguientes:

1-Inclusion de la igualdad de género.

2-Empoderamiento de las mujeres y niñas y no discriminación en el ejercicio de derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.

3-Perspectivas de género.

4-Participacion plena, igualitaria y efectiva de las mujeres de todas las edades, niñas, adolescentes respecto a la diversidad cultural y religiosa.

5-Legislacion adecuada sin discriminación con perspectivas de género.

La perspectiva de género no es algo superficial, sino una herramienta que nos permite analizar los casos de discriminación y tender hacia la inclusión social de todos y todas en la sociedad contemplando cada caso en particular.

V. CONSIDERACIONES FINALES

De acuerdo a lo expuesto, hemos llegado a nuestras consideraciones finales y son las siguientes.

a-La violencia de género es una problemática social, jurídica y económica y que la misma tiene como resultado el femicidio, vale decir la muerte de la víctima.

b-La violencia es el acto efectivo de intervención, con intencionalidad voluntaria de causar daño, perjuicio o influencia en la conducta de otra persona o en otras personas, y a su vez en sus acciones potenciales. Ese mismo acto de intervención puede ser ejercido sobre la condición material del otro o sobre su psique.

c-La violencia se asocia a los comportamientos deliberados, que provocan, o puede provocar, daños físicos o psicológicos a otros seres, y se asocia, aunque no necesariamente, con la agresión física, ya que también puede ser psicológica, o maltrato emocional, la represión política o la intolerancia religiosa a través de amenazas, ofensas o acciones

d-Los derechos humanos implicaron la conquista de las libertades públicas, siendo el mejor invento del siglo XX, producto de la Segunda Guerra Mundial. Uno de los objetivos de las Naciones Unidas ha sido el estímulo y el respeto a los derechos humanos. Por último, la perspectiva de género no es algo superficial, sino una herramienta que nos permite analizar los casos de discriminación y tender hacia la inclusión social de todos y todas en la sociedad contemplando cada caso en particular.

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(1) Ver OMS (Organización Mundial d e la Salud) WHO. Consultado el 4 de febrero de 2019.

(2) Ver Cavieres, Eduardo y René Salinas (1991), «Amor, sexo y matrimonio en Chile tradicional», serie Monografías, Nº 5, Valparaíso, Instituto de Historia, Universidad Católica de Valparaíso.

(3) Ver Medina, Graciela y Yuba, Gabriela: «Protección Integral a las mujeres. Ley 26485  comentada». Rubinzal Culzoni editores.

(*) Abogada. Adjunta de cátedra de las materias Análisis Económico y Financiero (CPC) y de Análisis Económico y jurídico del mobbing (CPO) de la Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Autora del libro Violencia de Género – Análisis económico y jurídico incluido en el proyecto de ley de la Legislatura Porteña de la Ciudad de Buenos Aires declarado de interés nacional para la comunicación social.

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