La Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) solicitó a la Contraloría General de la República, que determine si el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCI) se encuentra facultado para celebrar convenios y acceder a las solicitudes de información genéricas, con el objeto de prevenir la inscripción de armas por parte de personas que se encuentren en el Registro de Condenas o en el Registro de Sanciones a condenados por violencia intrafamiliar.
Según lo indicado por la DGMN, la situación actual no le permite efectuar los controles necesarios para prevenir la inscripción de armas por parte de personas cuyas condenas no se reflejan en su certificado de antecedentes, ya sea porque se encuentran beneficiadas por penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, u otras razones. Agrega, que tampoco permite a las autoridades fiscalizadoras dar cumplimiento a su mandato legal de verificar correctamente los datos de los requirentes de inscripción de armas
Al respecto, la Contraloría General estableció que la DGMN se encuentra facultada para requerir al SRCI información para prevenir la inscripción de armas por parte de quienes están en el Registro de Condenas o en el Registro de Sanciones a condenados por violencia intrafamiliar. Esto independientemente de que exista un convenio entre ambas instituciones.
En su análisis, la Contraloría General tomó en cuenta que la DGMN está facultada para resguardar y verificar el cumplimiento de la legislación sobre control de armas y su reglamentación complementaria. En ese contexto, puede requerir al SRCI los antecedentes que estime necesarios, los que pueden referirse tanto a las personas que son titulares de una inscripción de armas vigente como a aquellas que no lo sean y que requieran una autorización, permiso o inscripción. El SRCI, no obstante, estará obligado a resguardar la reserva o secreto de la información entregada.
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En el dictamen la Contraloría también señala que, adicionalmente, ambos servicios públicos podrán celebrar convenios para establecer los procedimientos técnicos y modalidades que le permitan al SRCI acceder a las solicitudes de información, con el objeto de verificar y evitar la inscripción de armas por parte de personas que se encuentren en el Registro de Condenas o en el Registro de Sanciones a condenados por violencia intrafamiliar.
Vea dictamen de la CGR E556708N24.