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Solicitud de extradición acogida.

Corte Suprema confirma extradición a España de ciudadano chileno acusado de asaltar una joyería en Barcelona.

El requerido junto a otros coimputados integraba una banda dedicada al robo de este tipo de establecimientos, y las pruebas acompañadas por el Estado requirente fueron consideradas como suficientes para autorizar el traslado del acusado a la península, y que pueda enfrentar a la justicia española.

8 de diciembre de 2024

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la ministra instructora, María Angélica Repetto, que hizo lugar a la solicitud de extradición deducida por el Reino de España, en contra de un ciudadano chileno, para que aquel sea trasladado a la península para ser juzgado por los delitos de robo con violencia y lesiones.

El requerido formaba parte de una banda criminal dedicada al robo de diferentes comercios y joyerías en la ciudad de Barcelona. De esta forma, el 15 de diciembre de 2022, ingresó a una orfebrería del conocido barrio Las Ramblas, y luego de reducir al personal, se apropió de diversas piezas de oro, avaluadas por un total de medio millón de euros.

La ministra instructora del máximo Tribunal hizo lugar a la extradición, al considerar que los elementos acompañados por el Ministerio Público resultan ser suficientes para sustentar una acusación fiscal en Chile por los mismos hechos imputados al requerido.

En contra de este fallo, el encartado dedujo recurso de apelación, fundado en el incumplimiento de diversas formalidades en el acompañamiento de las piezas del proceso por parte del Estado requirente.

Puntualiza que, no se acompañaron los documentos que dan cuenta de la cuantía de las especies sustraídas, ni de las declaraciones de las víctimas, según la ritualidad establecida en el tratado de extradición entre ambas naciones, pues dichos instrumentos no vienen firmados por la autoridad competente. Asimismo, afirma que en los videos adjuntos no es posible distinguir al encartado pues la calidad de los mismos no permite la singularización efectiva del acusado.

El requerido enfatiza que este este error hace imposible que se dé por cumplida la hipótesis de la letra c) del artículo 449 del Código Procesal Penal, pues los documentos adjuntos no poseen la entidad suficiente para sustentar una acusación si hubieran ocurrido en Chile; por lo tanto, solicita que el fallo de base sea revocado.

El Tribunal Supremo desestimó la apelación y confirmó la decisión de primer grado, luego de razonar que, “(…) el cuestionamiento de la defensa se basa en la calidad de los elementos de incriminación, reprochando que existen imágenes, fotografías, o registros de grabaciones que no pueden visualizarse, sin embargo, no se hace cargo del hecho que existe una abundancia probatoria que supera los aspectos planteados y, lo cierto es que, dichos instrumentos, conforman tan solo una fracción de aquellos que integran la comunicación del Juzgado de Instrucción N°21 de Barcelona”.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la ministra instructora que acogió la extradición del requerido, y ordenó su entrega inmediata a las autoridades españolas para su traslado y posterior enjuiciamiento.

 

Vea sentencias Corte Suprema Rol Nº57.694-2024.

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